Humberto Leónides Segura es señalado por el presunto delito de fraude procesal.
El alcalde electo del municipio indígena de Coatetelco, Humberto Leónides Segura, fue imputado ante un juez por la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción (FECC) por el presunto delito de fraude procesal, por supuestamente haber obtenido su pensión por cesantía en edad avanzada, sin haber laborado el mínimo de diez años como trabajador al servicio del estado, como lo exige la Ley del Servicio Civil estatal.
De acuerdo con la fiscalía anticorrupción, a petición del Congreso de Morelos, en el 2019 se abrió la carpeta de investigación FECC/260/2019 contra el hoy alcalde indígena electo, cuya decreto de jubilación formó parte del paquete de las llamadas “pensiones doradas” que aprobó en circunstancias poco claras la LIII Legislatura y que, en algunos casos, fueron revisadas y revocadas por los actuales diputados, quienes ordenaron a la Dirección Jurídica del Poder Legislativo iniciar las denuncias correspondientes.
Al integrarse la denuncia y judicializarse bajo la causa penal JC/1093 /2020, Leónides Segura fue llamado para comparecer este jueves ante el juez de control, Ramón Villanueva Uribe, para ser imputado por la FECC por el presunto delito de fraude procesal. La audiencia de vinculación se realizará en el plazo de 144 horas fijadas por el juez.
El caso de Humberto Leónides Segura, cuyo último y breve cargo fue como Secretario Técnico de la Comisión de Pueblos Indígenas del Congreso durante la LIII Legislatura, ha resultado polémico.
Al iniciar la actual legislatura, los diputados revisaron y revocaron parte del paquete de las llamadas “pensiones doradas”, que beneficiaron a familiares de colaboradores y funcionarios del otrora gobernador perredista, Graco Ramírez.
En el caso de Leónides Segura, inexplicablemente se le concedió la pensión, al 55 por ciento de su último salario como funcionario legislativo, sin cumplir siquiera los 10 años mínimos como trabajador al servicio del estado, que exige la Ley del Servicio Civil para conseguir la jubilación por cesantía en edad avanzada.
De acuerdo con el decreto de revocación de pensión expedido por el Congreso en abril de 2019, el ex funcionario solo comprobó cinco años, nueve meses y 10 días de servicio interrumpido como trabajador al servicio del Estado, “por lo que, si bien es cierto contaba con una edad de 56 años al momento de dejar su último cargo, también lo es que no cumplió con la antigüedad mínima de 10 años de servicio tal como lo exige el artículo 59 de la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos, para ser merecedor de una pensión por Cesantía en Edad Avanzada”.
Además, el ex funcionario presentó una constancia de que “laboró” en el Ayuntamiento de Miacatlán, pero no como trabajador sino como regidor durante el periodo 2006-2009. Dicho documento fue considerado nulo en la revisión del decreto de pensión, porque el cargo correspondía a un puesto de elección popular y no tenía la calidad de trabajador conforme a lo establecido por el artículo 2 de la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos.
Aun contabilizando los años como regidor, el ex funcionario no alcanzaba los 10 años exigidos por la ley. Sin embargo, el hoy alcalde electo promovió el juicio de amparo 535/2019, por el cual el Juzgado Primero de Distrito le concedió la protección de la justicia federal, debido a que no existe normatividad que permitiera al Congreso revocar el decreto jubilatorio y ordenó restituir al quejoso su derecho a recibir la pensión. La sentencia del juez de distrito nunca fue combatida por el Congreso ante un tribunal colegiado.
Esto significa que el hoy imputado, seguirá cobrando su pensión, al margen que pudiese eventualmente enfrentar un proceso penal.