El Congreso de Puebla aprobó la legalización del matrimonio entre personas del mismo sexo, tres años después que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió avalar el matrimonio igualitario en la entidad.
Con 31 votos a favor, cinco en contra y tres abstenciones, los legisladores aprobaron modificar el artículo 294 del Código Civil que indicaba que el matrimonio es sólo “entre un hombre y una mujer” y quedará de la siguiente forma:
“El matrimonio es un contrato civil por el cual dos personas se unen voluntariamente en sociedad, para llevar una vida en común, con respeto, ayuda mutua e igualdad de derechos y obligaciones”.
Asimismo se modifican los artículos 297, 298 y 300 que declaran que la unión es “exclusivamente entre un hombre y una mujer” y se modifican esos términos por “personas” “pareja” o “concubino” para eliminar la restricción del género, quedando de la siguiente forma:
“El concubinato es la unión voluntaria y de hecho entre dos personas, que estando en aptitud de contraer matrimonio entre sí, no lo han celebrado en términos que la ley señala, haciendo vida en común de manera notoria y permanente, situación que podrá demostrarse si tienen hijas o hijos en común, o si ha cohabitado públicamente como cónyuges durante más de dos años continuos”.