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CDMX inicia el año 2021, con la prohibición de plásticos de un solo uso

Incumplir con estas nuevas normas acarreará sanciones de diversas índoles

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A partir del 1 de enero de 2021, en la Ciudad de México queda prohibida la comercialización, distribución y entrega de tenedores, cuchillos, cucharas, palitos mezcladores, platos, popotes, bastoncillos para hisopos de algodón, globos, varillas para globos, vasos y sus tapas y charolas para transportar alimentos, fabricados total o parcialmente de plásticos, diseñados para su desecho después de un solo uso, excepto los que sean compostables.

En la prohibición también se incluyen platos, vasos y charolas de unicel.

“No hay marcha atrás, no vamos a regresar la página, esta es la opción más ecológica que podamos utilizar nuestros propios recipientes”, sentenció Andrée Guigue Pérez, Directora de Secretaría de Medio Ambiente -SEDEMA CDM.

Los plásticos de un solo uso deberán ser reemplazados por envases de cartón o plástico compostable.

Empresarios e industriales del plástico piden prórroga, pues aseguran que la pandemia de COVID, les ha imposibilitado explorar nuevos materiales.

Los principales consumidores de estos materiales, son los negocios de venta de alimentos, en todas las escalas, los pequeños en su mayoría, desconocen la medida.

Muchos comerciantes de la Ciudad de México, optarán por el uso de cartón, plástico reutilizable e incluso aluminio para despachar los alimentos.

Empresarios del plástico, señalan que la entrada en vigor de la ley, traerá consecuencias.

La Secretaría de Medio Ambiente de la Ciudad de México, continúa realizando encuentros con empresarios restauranteros locales, para concientizarlos sobre el uso de materiales compostables para la venta de alimentos.

“Hemos visitado mil 432 restaurantes, el 42% ya no usa desechables de plástico de un solo uso. No estamos pensando en un primer momento en las sanciones económicas, más que en la parte punitiva de la ley, estamos pensando en cómo nos acompañamos todos”, puntualizó la Directora de SEDEMA.

La ley considera diversas sanciones para quien no cumpla las prohibiciones que se establecen en ella, van desde el apercibimiento, hasta la clausura total de un establecimiento y multas económicas superiores a los 170 mil pesos.

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