El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación inició una sesión virtual este viernes por la tarde donde se discutió sobre la cancelación de la candidatura de Félix Salgado Macedonio por la gubernatura de Guerrero, y de otros precandidatos en materia de fiscalización.
Se constató que Félix Salgado Macedonio sí realizó actos de precampaña, y ni él, ni el partido Morena presentaron el informe de ingresos y gastos correspondientes. Está omisión sí actualiza la determinación del INE de retirar el registro cómo candidato a la gubernatura de Guerrero.
En el caso de Raúl Morón se advierte que se presentaron los gastos de precampaña de forma extemporánea, por lo que se revoca la determinación de la perdida de registro y se ordena al INE emitir una nueva resolución que contemple una sanción individualizada a Morena y al candidato.
“… ni el precandidato de Morena, ni el partido entregaron el informe de ingresos y gastos de campaña haciendo imposible la fiscalización por parte del INE, en este sentido en el caso del precandidato Félix Salgado Macedonio se actualiza el supuesto de la primera parte del párrafo tercero del artículo 229 de la LEGIPE que establece que en el caso de que el precandidato o precandidata que salieron vencedores no presentan el informe no podrán ser registrados en la candidatura…” Jannine Otálora | Magistrada del TEPJF
Por esta falta, los magistrados confirmaron la multa de 6 millones de pesos impuesta a Morena y ordenaron al INE realizar una nueva valoración de la pérdida de candidatura de Salgado Macedonio y de sus adversarios de la competencia interna Yair García Delgado, José Fernando Lacunza Sotelo, Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros y Luis Walton Aburto.
Por una votación de 5 magistrados a favor y 2 en contra, la sala superior ordenó al INE emitir una nueva resolución y en el caso de ratificar la pérdida del registro deberá prever la sustitución de la candidatura por parte de Morena.
“… Negar el registro de una candidatura o suspenderla afecta directamente ese derecho y por ende esta determinación exigen realizarse desde una interpretación proporcional razonable que muestre una conexión entre la conducta y la circunstancia de la persona a la que se le está aplicando, por lo tanto el proyecto propone que el INE individualice las sanciones a las personas afectadas reconociendo los hechos, los valores jurídicos y el derecho a ser votado, la graduación permitirá compaginar la magnitud de la falta y la lesión a los bienes jurídicos tutelados…”
En el caso de Raúl Morón Orozco y la candidatura de Morena al gobierno de Michoacán, los magistrados rechazaron con 4 votos contra 3 el proyecto que revocaba el retiro de la candidatura y la individualización de la sanción entre el candidato y el partido por presentar extemporáneamente la el informe de ingresos y gastos de precampaña, por lo que sólo ordenaron al INE emitir una nueva resolución.
“… No se actualiza el supuesto de omisión de entrega, sino uno diverso que es el de la entrega extemporánea, hay un trato diferente entre Michoacán en relación con Guerrero y no se ve la razón jurídica, nítida y expresa para que lo haya. A mi modo de ver, se debe revocar la resolución impugnada toda vez que los precandidatos de Morena a la gubernatura de Guerrero sí hicieron entrega de sus informes por lo que en mi concepto la revocación debe ser para el efecto de que el Consejo General del INE imponga la sanción que estime pertinente por la entrega extemporánea…” José Luis Vargas Valdez | Magistrado Presidente del TEPJF
Además la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sancionó a Morena con una multa por 347 mil 520 pesos por pautar un promocional en un espacio nacional, y no hacerlo en el estado, lo cual genera un posible daño a la neutralidad del proceso electoral.