Cuando iniciamos nuestra vida económica, es posible que lleguemos a escuchar en los comercios donde compramos si necesita de factura, algo que podemos pasar por alto si no estamos familiarizados con el tema, pero en caso de que un familiar o amigo te pida hacerlo a su nombre, ¿cuáles son sus consecuencias?.
¿Es delito facturar a nombre de otra persona?
De manera general sí, es delito facturar a nombre de otra persona, pero debemos de reconocer en qué situaciones no implica un delito. La situación más común por el que podemos facturar a nombre de otra persona física o moral es cuando se trata de labores de compra de insumos o gastos en viáticos.
En este sentido, cuando un comprador de la empresa realiza un pedido u otro empleado gasta de su bolsillo para cubrir los gastos a modo de viáticos, se puede solicitar la factura a nombre de la persona moral o física si se cumplen con lo estipulado en la regla 2.7.1.13 de la Resolución Miscelánea Fiscal.
Esto indica que la persona que facturará a nombre de otra, debe de ingresar los datos fiscales del interesado y este debe de realizar la devolución exacta del dinero que el primero utilizó para los cumplir con las compras o gastos necesario.
No obstante, el SAT (Servicio de Administración Tributaria), puede considerarlo como actos de evasión fiscal al no cumplir con las reglas, pues estas acciones son muy similares a las que realizan las EFOS y EDOS, empresas dedicadas a deducir y efectuar operaciones simuladas para disminuir la base de impuestos a pagar.
Por esta razón, si un contribuyente te pide facturar tus gastos a su nombre para deducir gastos, piensalo dos veces, pues las sanciones incluyen multas o sentencias de hasta 9 años de prisión. Si en tu caso, lo haces por cubrir gastos, es mejor utilizar la tarjeta empresarial de tu trabajo para usar los recursos de la empresa y ellos puedan deducirlo más fácilmente.