El próximo domingo 10 de abril se llevará a cabo la consulta de revocación de mandato del actual Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, para determinar si continúa como Jefe del Ejecutivo o no.
Según el Artículo 58 de la Ley Federal de Revocación de Mandato, el ejercicio de revocación de mandato solamente será válido si se alcanza una participación total del 40% de la lista nominal de electores; el Instituto Nacional Electoral (INE) informó que la lista está integrada por 92 millones 823 mil 216 personas, por lo que mínimo se requiere de la participación de 37 millones 129 mil 286 electores para que la consulta sea vinculante. Los resultados se determinarán por mayoría absoluta (50% + 1).
En caso de que la mayoría de los electores vote a favor de la revocación de mandato, Sergio Gutiérrez Luna, presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados sería el presidente interino de México.
“En caso de haberse revocado el mandato del Presidente de la República, asumirá provisionalmente la titularidad del Poder Ejecutivo quien ocupe la Presidencia del Congreso; dentro de los treinta días siguientes, el Congreso nombrará a quien concluirá el periodo constitucional”, estipula el Artículo 84 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Además, el Presidente del Congreso no podría remover o designar a los Secretarios de Estado sin autorización previa de la Cámara de Senadores. Asimismo, entregaría al Congreso de la Unión un informe de labores en un plazo no mayor a diez días.
De acuerdo con el INE, la revocación de mandato “es el instrumento de participación solicitado por la ciudadanía para determinar la conclusión anticipada en el desempeño de la persona titular de la Presidencia de la República, a partir de la pérdida de la confianza”.