La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó que se investigue si la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, buscó posicionarse como aspirante a la Presidencia de la República mediante contratos con medios de comunicación que publicaron notas que favorecían su imagen.
Previamente, la Sala Especializada había declarado la inexistencia de actos anticipados de campaña y uso de recursos públicos, pero en el proyecto de la magistrada Janine Otálora se propuso revocar su resolución.
La queja fue presentada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en contra de Claudia Sheinbaum Pardo, Cacomixtle Medios Digitales, S.A. de C.V., Publius Estrategia, S. de R.L. de C.V. y La Comadreja Consultores, S. de R.L. de C.V., derivado de la emisión de publicaciones en cuentas de Twitter y páginas de Internet en las que presuntamente buscaban posicionar a Claudia Sheinbaum.
El partido alegó que la Sala Especializada no fue exhaustiva con el tema, a pesar de estar acreditado que existen contratos realizados entre las empresas de comunicación denunciadas y el Gobierno de la Ciudad de México.
Además, señaló que omitió pronunciarse sobre el contenido del material denunciado, ya que únicamente expuso que no se apreciaba una campaña sistemática entre la publicidad contratada y la promoción.
Por ello, la Sala Superior del TEPJF revocó la resolución, ya que se pone en entredicho que las publicaciones sean con fines periodísticos, porque se puede corroborar de manera seria y objetiva la existencia de un contrato, hecho que legitima a las autoridades competentes para llevar a cabo una investigación exhaustiva sobre los hechos para verificar la licitud del acto.
Apunta que la Sala Especializada "tampoco analizó lo señalado en la denuncia respecto a la supuesta existencia de una campaña publicitaria pagada con recursos del Gobierno de la Ciudad de México, disfrazada de publicidad institucional, ni mucho menos sobre la supuesta promoción personalizada y el supuesto uso de recursos públicos, ya que incluso consideró innecesario que se repusiera el procedimiento para que se emplazara a las partes denunciadas por la infracción de promoción personalizada".