La Fundación Iris ha obtenido una suspensión provisional de parte de un juzgado federal que impide al Instituto Nacional Electoral (INE) llevar a cabo la elección de funcionarios establecida por la reciente reforma judicial.
El Juzgado Segundo de Distrito en Colima emitió esta medida, que podría ser revisada más adelante por un tribunal colegiado o el mismo juzgado en el proceso del amparo.
La orden judicial exige que el INE se abstenga de implementar el Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025 y no emita resoluciones para organizar, desarrollar o supervisar dicho proceso. Esta suspensión también aplica a otras autoridades involucradas en la reforma, la cual ya había sido publicada en el Diario Oficial de la Federación.
Además, el Pleno de la Judicatura Federal está impedido de transferir recursos o crear el Tribunal de Disciplina Judicial. Por su parte, el Senado no puede emitir convocatorias para elecciones relacionadas con la reforma.
La jueza Nancy Juárez Salas, titular del Juzgado Decimonoveno en Veracruz, explicó en una entrevista que ella fue la responsable de emitir una resolución en la que se ordena al Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, y al Director del Diario Oficial de la Federación (DOF) retirar la publicación del decreto para anunciar la entrada en vigor de la reforma del Poder Judicial.
Este amparo busca detener la reforma que proponía la elección de ministros, magistrados y jueces mediante voto popular, pero con filtros del Poder Ejecutivo y Legislativo, lo cual llevaría a la remoción de jueces en funciones.
La jueza Juárez Salas indicó que el 12 de septiembre se concedió la suspensión provisional para frenar el proceso legislativo y evitar la promulgación y publicación de la reforma.
La decisión se basó en una jurisprudencia de 2023 de la Suprema Corte, la cual permite otorgar efectos restitutorios a una suspensión en materia de amparo. De esta manera, se ordenó eliminar la publicación del decreto del Diario Oficial de la Federación, lo que impediría la ejecución de cualquier acto derivado de la reforma.
En caso de incumplimiento de la orden, la jueza advirtió que habría consecuencias legales, como destituciones o sanciones penales. No obstante, tanto la Consejería Jurídica de la Presidencia como el Congreso pueden impugnar la suspensión mediante un recurso de queja ante un tribunal colegiado.
Si el fallo es ratificado, el gobierno y el Poder Legislativo pueden solicitar una revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que el tribunal resuelva el asunto de manera definitiva.