La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró que no es viable suspender las acciones del Instituto Nacional Electoral (INE) en relación con el proceso electoral extraordinario del Poder Judicial.
Esta decisión fue respaldada por la mayoría de los magistrados Mónica Soto, Felipe de la Mata y Alfredo Fuentes, mientras que los magistrados Janine Otálora y Reyes Rodríguez Mondragón votaron en contra.
El magistrado Felipe de la Mata, quien estuvo a cargo de la resolución, afirmó que la suspensión del proceso electoral va en contra de lo que establece la Constitución.
Explicó que ni siquiera la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tiene la facultad para suspender un proceso de este tipo, ya que también está obligada a respetar la Constitución.
Añadió que los plazos del proceso son urgentes y que detenerlo podría retrasarlo por uno o dos años, como ha ocurrido en otros casos electorales.
La magistrada Mónica Soto informó que el INE presentó una solicitud el 4 de octubre para que la Sala Superior garantizara el cumplimiento de sus funciones a través de una acción declarativa.
La mayoría de los magistrados decidió que la validez y legalidad de las suspensiones emitidas por jueces de amparo no formaban parte del objeto de la discusión, por lo que estas resoluciones no fueron modificadas.
Por su parte, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón manifestó su desacuerdo, argumentando que la Sala Superior no tiene competencia para resolver este asunto. Señaló que el INE no buscaba claridad sobre una situación incierta, sino cuestionar la validez de resoluciones judiciales.
Además, sugirió que, si el INE estaba en desacuerdo con las suspensiones, debió haber interpuesto un recurso de queja ante los Tribunales Colegiados de Circuito, conforme a la Ley de Amparo.