La ministra Lenia Batres Guadarrama fue declarada impedida para participar en la revisión del amparo promovido por Ricardo Salinas Pliego en diciembre de 2021, en el que impugnó la solicitud de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) para acceder a su información patrimonial.
El impedimento (recurso 45/2024), que también interpuso el empresario, fue aprobado por unanimidad en la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Sin embargo, la sesión no pudo continuar debido a que Batres abandonó el salón en protesta, lo que provocó la falta de quorum, establecido en cuatro integrantes.
La #SegundaSalaSCJN determinó que la ministra Lenia Batres Guadarrama sí está legalmente impedida para participar en la votación del amparo en revisión 492/2023, cuyo quejoso es Ricardo Benjamín Salinas Pliego.
— Suprema Corte (@SCJN) March 12, 2025
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Los ministros Yasmín Esquivel Mossa, Javier Laynez Potisek, Alberto Pérez Dayán y Jorge Mario Pardo Rebolledo coincidieron en que existía falta de objetividad por parte de Batres para conocer el caso.
Pérez Dayán, quien presentó la propuesta, argumentó que la recusación era fundada, ya que la ley establece que una ministra debe abstenerse cuando existe enemistad con alguna de las partes.
Para sustentar la decisión, se tomaron en cuenta publicaciones que Batres hizo desde 2014 en la red social X (Twitter), en las que usó “calificativos y connotaciones despectivas” contra Salinas Pliego. De manera poco común, la propia Corte difundió estos mensajes en un comunicado oficial.
Batres estuvo presente al inicio de la sesión, lo que permitió el quorum, pero al prever la aprobación de su impedimento, se retiró antes del receso en el que Pardo Rebolledo se incorporaría a la votación.
Posteriormente, en X, la ministra expresó su inconformidad:
“Este miércoles me retiré de la sesión privada de la segunda sala de la Suprema Corte, ante la intención de sus integrantes de declararme impedida para conocer y votar el amparo en revisión 492/2023, sobre las facultades de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) para requerir información bancaria del señor Ricardo Salinas Pliego. Me retiré ante la abierta violación del reglamento interior de la Suprema Corte de Justicia de la Nación…considero que se trata de un acto de sometimiento y complicidad de integrantes del máximo órgano jurisdiccional de nuestro país a los intereses ilegítimos de los poderes fácticos”.
Tras su salida, la sala solo pudo aprobar dos asuntos, incluyendo el impedimento, pero la falta de quorum aplazó la resolución de otros 36 casos.
En contraste, la primera sala de la SCJN rechazó un impedimento promovido por Grupo Elektra, empresa de Salinas Pliego, en el que solicitaba que Batres y Pérez Dayán fueran excluidos del recurso de reclamación 544/2024.
El proyecto, identificado como impedimento 2/2025, fue resuelto por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, pero su contenido no fue hecho público.