El abogado laboralista Marco García García expresó que la certidumbre en el empleo de los agentes policíacos ha sido vulnerada por las últimas reformas legales realizadas a nivel federal y local por los diputados, pues se estableció que los elementos ya no tienen una “relación laboral” sino una “relación administrativa” con las dependencias para las que trabajan, lo cual es anticonstitucional.
Además, dijo, su permanencia en las corporaciones está sujeta a la aprobación de exámenes de control de confianza cuyas evaluaciones son subjetivas y realizadas en muchas ocasiones por instancias y personal no capacitado.
Ante las implicaciones legales que ha tenido el cambio de la relación laboral a la administrativa, García García sostuvo que por lo menos el estado deber garantizar reglas claras para las prestaciones y seguridad social de los agentes policíacos.
El abogado Enrique Sotelo Salgado también coincidió en la necesidad de que el Poder Ejecutivo envíe la iniciativa de ley para regular las prestaciones y seguridad social de los policías.
El 25 de agosto de 2009, entró en vigor la nueva Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Morelos la que, entre otras cosas, cambia el estatus laboral de los agentes policíacos a una “relación administrativa” con las dependencias para las que laboran ya sean estatales o municipales.
En el artículo décimo transitorio, se estableció que, a partir de la entrada en vigor de dicha ley, el Poder Ejecutivo tendría un año para enviar al Poder Legislativo la iniciativa de Ley de Prestaciones de Seguridad Social de las Instituciones Policiales del Sistema Estatal de Seguridad Pública. Sin embargo, la fecha para presentar dicha iniciativa venció hace 30 días, y, confirmó el diputado Fidel Demédicis, hasta el momento no ha llegado al Congreso.
Asimismo, en dicho artículo transitorio se fijó un plazo de 18 meses –contados a partir del 24 de agosto de 2009- para que el Congreso apruebe la Ley de Seguridad Social de Instituciones Policiales y el gobierno la publique en el órgano oficial de difusión para su entrada en vigor.
Aun cuando el grueso de los policías tiene tuteladas sus prestaciones sociales bajo el régimen en que estaban inscritos hasta en tanto se expide la ley en cuestión, los más afectados son los policías contratados posteriormente a la entrada en vigor de
la Ley del Sistema de Seguridad Pública Estatal.