Mediante la circular 04/2010 emitida por la Contraloría Interna del Poder Judicial del estado, se advierte la obligación de los servidores públicos y estatales de presentar su declaración patrimonial, con base en lo establecido en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, la Ley Orgánica de la Administración Pública y el reglamento interior de la Contraloría.
Particularmente, se recomendó a los servidores públicos presentar su declaración a más tardar el 25 de enero con la finalidad de que en caso de que la Secretaría de la Contraloría detecte algún error y rechace la declaración, tengan tiempo de corregirla y cumplan con su obligación en el plazo legal establecido.
Asimismo, se establece que la declaración anual de modificación patrimonial deberá presentarse a más tardar el 31 de enero de 2011, con la advertencia de que podría haber multas para los incumplidos.
De acuerdo con la ley, la sanción por no presentar en tiempo y forma la declaración anual de modificación patrimonial, en los plazos establecidos por la norma en la materia, consiste en una multa de ocho a veinte días de salario mínimo vigente en el estado de Morelos.
Esto es, que aquellos que incumplan con esta responsabilidad serán sancionados con una multa que oscilará entre los 453 pesos y mil 134 pesos, con la obligación ineludible de presentar su declaración de manera extemporánea.