El gasto que represente para el ayuntamiento o instancia de gobierno (Dirección de Transportes particularmente) retirar esta publicidad, será pagada por éstos, quienes a su vez, lo notificarán al IEE para que se les cobre a los partidos políticos de sus prerrogativas.
Al respecto, Oscar Granat Herrera, consejero presidente de órgano estatal electoral, señaló que las autoridades municipales deben acatar esta disposición, porque de no hacerlo incumplen a la legalidad y pueden ser sancionados directamente por la autoridad competente que es la Función Pública, donde incluso pueden inhabilitar a los funcionarios.
Recordó que de acuerdo a un convenio firmado, la propaganda que tenga que quitar la autoridad administrativa o municipal tendrá una sanción para el partido de 50 salarios mínimos (alrededor de tres mil pesos) por cada kilo de publicidad; o bien, cinco salarios mínimos por cada metro cuadrado de barda pintada que se tenga que despintar.
Asimismo, manifestó que el IEE tiene el personal suficiente para dar seguimiento a este tema, “tenemos personal en los 33 municipios del estado, con 400 personas en campo, y por supuesto podemos cubrir a todo el estado para que sea respetada la ley”.
Recordó que la publicidad institucional no tiene problema de continuar (barda pintada, pendón o lona con el logotipo de un partido, por ejemplo), pero sí hay problema si existen entrevistas, notas informativas o promoción de quienes son precandidatos de los diferentes partidos políticos, ya no sólo para los entrevistados, sino para los propios medios que lo hagan, siempre y cuando exista la denuncia correspondiente ante el IEE de parte de los representante de los partidos.
“La sanción puede ser para ambos (medio y político), ya que el IEE tiene la facultad de sancionar, amonestar públicamente a los medios y fijar multas de 100 a cinco mil salarios mínimos”, por lo que en este contexto, invitó a todos los medios, incluidas las redes sociales, a evitar este tipo de propaganda, ya que en época electoral está prohibido comprar en los medios, y en este sentido, recordó que sí está regulada la compra de publicidad en cualquier medio; y si se trata de una entrevista o nota informativa que “tiene la intención de promoción de la persona como acto de proselitismo, es mejor evitarlo”.
Finalmente, Granat Herrera reiteró “no se puede hacer nada, solamente dar noticias informativas, el tema de las entrevistas, de la propaganda de los precandidatos (todavía no son candidatos porque no se han registrado ante el IEE) no pueden hacer ningún tipo de propaganda electoral, como dice el artículo 203, donde señala como propaganda electoral al conjunto de escritos, publicaciones, imágenes grabaciones, proyecciones y expresiones que se producen y se difunden por los partidos políticos y sus precandidatos para buscar la candidatura a un cargo de elección popular”, así pues, toda aquella propaganda que busque el voto ciudadano no se podrá utilizar en esta intercampaña que concluirá el 13 y 28 de abril respectivamente para candidatos a la gubernatura, así como para candidatos/as a las diputaciones locales y presidencias municipales.