Así lo informó el consejero presidente del Instituto Estatal Electoral (IEE), Oscar Granat Herrera, al dar a conocer los lineamientos respecto de los estudios de opinión sobre asuntos electorales, destinados a difundirse por cualquier medio, que se realicen durante el inicio de las campañas electorales hasta el cierre oficial de las casillas del día de la elección, durante el proceso electoral local que tiene verificativo en la entidad.
Refirió que aquellas empresas encuestadoras e incluso los medios que sean utilizados para su difusión, serán sancionados de conformidad con el Código Estatal Electoral y artículos supletorios del Código Penal, que establece multas para quienes infrinjan estas disposiciones.
En este tenor, el consejero presidente destacó que el Consejo Estatal Electoral determinó fijar los lineamientos de carácter científico que deberán observar las personas físicas o morales, que realicen un estudio de opinión sobre asuntos electorales, como población a la que se le aplicó, especificando en los resultados que se den a conocer, que los mismos se refieren a la población estudiada y que sólo tienen validez para expresar la opinión de dicha población en las fechas específicas de levantamiento de datos.
También se exige que se dé a conocer el método de levantamiento, indicando todos y cada uno de los mecanismos de selección que se utilizaron para pasar de la población de estudio, hasta el individuo entrevistado, debiendo estar en posibilidad de presentar la información para seleccionar la muestra, así como los mecanismos que utilizó para llegar a seleccionar a los individuos entrevistados, si se hizo mediante entrevista persona a persona, o mediante un método indirecto alternativo, debiéndose especificar también si las entrevistas se llevaron a cabo vía telefónica, entrevistas en calle, domicilio o si se utilizaron métodos mixtos para utilizarla.
En la misma sesión, el funcionario estatal electoral, Granat Herrera, destacó sobre la aprobación que se hizo de los modelos y formatos de la documentación, material electoral y las boletas para cada elección (diputados, alcaldes y la de gobernador), material que será utilizado durante el proceso electoral ordinario del año 2012.