En un boletín oficial enviado por el TEPJF, se informa que por unanimidad, los integrantes del pleno de la sala superior respaldaron el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia de la magistrada María del Carmen Alanís Figueroa, a través del cual se confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Morelos.
Sin embargo, se acordó modificar el plazo establecido para la reposición del proceso, el cual deberá llevarse a cabo en seis días naturales en lugar de días hábiles, como lo había ordenado el organismo local, con el fin de atender a los principios de impartición de justicia pronta y expedita.
La magistrada y los magistrados coincidieron en que dado que el plazo de seis días que el Tribunal local concedió al órgano partidista ha transcurrido, éste debe emitir la resolución de fondo de las quejas y expresar nuevos elementos para exigir la separación del cargo de los militantes.