Como parte de la armonización de la legislación federal con la local, el Poder Legislativo atendió a una iniciativa enviada desde el Ejecutivo, en la que se propone modificar el Código Penal del estado de Morelos en su artículo 213 Quintus.
De esta forma, diputados locales aprobaron por unanimidad aumentar la pena mínima por este delito de 30 a 40 años.
El dictamen, emanado de la Comisión de Puntos Constitucionales y Legislación, fue votado el pasado miércoles en sesión ordinaria, en la que se recalcó que esta medida se aplicará con el fin de inhibir este delito en todo el país.
"La reforma pretende crear acciones ejemplares para quienes cometan actos violentos en contra del género de la mujer”, tal y como sucede en otras entidades del país, como es el Estado de México.
Cabe señalar que en el Código Penal Federal, en su artículo 325, se establece que la pena corporal por cometer el delito de feminicidio es de 40 a 70 años de prisión.
La reforma se envió al Poder Ejecutivo para su publicación en el Periódico Oficial "Tierra y Libertad" y entre en vigor al día siguiente.
Durante la sesión ordinaria del pasado miércoles en el Congreso del estado, el Pleno conoció de la iniciativa que propone tipificar como delito grave el abigeato en todas sus calificativas.
El iniciador de esta propuesta, el diputado priista Isaac Pimentel Rivas, señaló que es necesario que exista una legislación que garantice a los poseedores de ganado, herramientas para castigar a quienes roben sus animales.
De esta forma, dijo que es necesario reformar el artículo 174 Bis del Código de Procedimientos Penales, para tipificar como delito grave el abigeato y responder a las necesidades actuales en el estado.
Política
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Aumentan pena para el feminicidio
Buscan tipificar como delito grave el abigeato
El Congreso del estado aprobó incrementar las penas para quien cometa el delito de feminicidio en Morelos, de 40 a 70 años de prisión.
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