Los proyectos de trabajo prevén todos los requerimientos de la Sala Superior y de las Salas Regionales para atender las impugnaciones en materia electoral que se presenten, dando prioridad al desarrollo de sistemas informáticos que contribuyan en la recepción, turno y seguimiento de los juicios, así como a la difusión de las sentencias e información pública que genere el TEPJF durante dicho proceso, según lo explicó el tribunal a través de un comunicado oficial.
Entre los instrumentos desarrollados, se encuentra el Programa de Atención y Recepción de Impugnaciones Masivas (PARIM), el cual se diseñó con la finalidad de que la recepción de los medios de impugnación que se presenten en contra de los resultados de la elección de diputados federales por el principio de mayoría relativa sea ágil, eficiente y transparente.
Otro Instrumento que servirá y que fue actualizado para estos comicios es el Sistema de Información de las Elecciones Federales (SIEF) que durante el Proceso Electoral Federal 2011-2012, se desarrolló como una herramienta informática que permitió sistematizar la recepción, digitalización, turno y captura de la información de los expedientes de cómputo distrital, así como los juicios de inconformidad respectivos, a fin de dotar a la Secretaría General de Acuerdos de la Sala Superior, y a las Ponencias, de herramientas informáticas que les facilitaran el tratamiento de las causas de nulidad de la votación recibidas en las casillas impugnadas.
El Sistema está integrado por cinco módulos y facilitará las actividades tanto de los consejos distritales como del personal del Tribunal, para poder recibir los expedientes de los medios de impugnación.
Cabe resaltar que el sistema cuenta con herramientas específicas para cuatro de las 11 causales de nulidad establecidas en el artículo 75 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral (LGSMIME) relativas a la instalación de la casilla en un lugar distinto al señalado por el consejo distrital, sin causa justificada; realizar el escrutinio y cómputo en un local diferente al determinado por el consejo, sin causa justificada; recibir la votación por personas u órganos distintos a los facultados, y la existencia de error o dolo en el cómputo de los votos.
Con estas acciones se facilita la sustanciación de los recursos, y se otorga mayor certeza en el manejo de un sinnúmero de cifras y datos que serán validados por los filtros informáticos y funcionarios judiciales.