Es por ello que manifestó que “la información relativa al catálogo de cuentas con código agrupador y balanza de comprobación de enero de 2015, podrá enviarse a más tardar los días tres o siete de abril para personas morales o personas físicas, respectivamente; esto es, en la misma fecha de vencimiento del envío de la información correspondiente a febrero del 2015”.
Por lo que se refiere a las pólizas y auxiliares de cuenta, deberán generarse con la información correspondiente a las operaciones realizadas a partir del primero de julio, para entregarlas cuando el SAT las requiera, con posteridad al tres o siete de septiembre del 2015, según corresponda a personas morales o personas físicas, respectivamente.
Cabe señalar que la información de las pólizas a la que se hace referencia se envía sólo cuando el SAT necesita verificar información contable o la procedencia de devoluciones y compensaciones.
Domínguez Beltrán señaló que el día de ayer se publicó en el portal del SAT, sat.gob.mx, una regla a efecto de brindar la facilidad para presentar la información contable en las fechas antes señaladas, y en los próximos días será publicada en el Diario Oficial de la Federación.
Por último, informó que los desarrolladores de sistemas de contabilidad electrónica han ofrecido agilizar sus trabajos a fin de ofrecer a los contribuyentes alternativas para cumplir con esta obligación en los próximos meses. El SAT verificará su progreso con el ánimo de que se facilite el cumplimiento de las obligaciones fiscales.