Política
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La SMyT dice esperar a que se determine culpabilidad de rutero que atropelló a una mujer para imponer una sanción

El titular Manuel Santiago Quijano responsabiliza a la ley actual del Transporte de no permitir que se actúe en consecuencia

La Secretaría de Movilidad y Transporte (SMyT) del gobierno del estado permanecerá inactiva ante el presunto homicidio cometido por un chofer de la Ruta 2, al haber atropellado a una mujer de manera imprudencial, el pasado sábado, sobre la avenida Plan de Ayala, en Cuernavaca.


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Y es que Manuel Santiago Quijano, titular de la dependencia estatal, confirmó que no se aplicará ninguna sanción en contra del titular de la concesión en tanto no se confirme la culpabilidad del operador, quien fue sorprendido por las cámaras del Centro de Comando (C-5) de la Comisión Estatal de Seguridad.

El funcionario estatal explicó que no se cancelará la concesión, como determina la Ley del Transporte en el estado ante un acto de este tipo, pues dijo que mientras no se lleve a cabo un juicio en contra del chofer que se determina como presunto responsable, el titular de la concesión podría ampararse para no perderla.

"Ahorita nosotros no tenemos capacidad sancionadora con la ley actual; la persona, el operador que atropelló a esta señora que lamentablemente murió, pues ya salió bajo fianza y estamos esperando el peritaje de tránsito para ver cómo sancionamos al concesionario… Sí, en determinado momento, se tiene que quitar la concesión, pero tiene que haber un motivo fundamental", declaró Santiago Quijano.

El secretario reconoció que la muerte de una mujer sí es un motivo para el retiro de la concesión, sin embargo, insistió en que se tiene que determinar la culpabilidad del conductor.

"Tenemos que observar el derecho de los ciudadanos y también de los transportistas."

Insistió en que además es necesario que exista una nueva Ley de Movilidad y Transporte que determine como una causa para el retiro de la concesión, un hecho como el registrado el sábado pasado en la avenida Plan de Ayala.

Cabe señalar que la Ley del Transporte en el estado de Morelos, en su artículo 71, es muy clara al determinar las causales o motivos para la revocación del título de una concesión de transporte público, como es el utilizar una unidad del servicio público para cometer un delito.

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Ana Lilia Mata

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