Al respecto, Yolanda Domínguez Beltrán, jefa de los servicios al contribuyente del SAT, manifestó que, “los contribuyentes del sector financiero, personas morales y físicas con ingresos mayores a cuatro millones de pesos, deben enviar la información del catálogo de cuentas con código agrupador y la balanza de comprobación correspondiente a los meses de enero y febrero del 2015, máximo el 30 de abril”.
El envío de la información, dijo, se debe realizar a través del Buzón Tributario, por lo que para utilizarlo “es necesario que los contribuyentes se cercioren de haber confirmado el correo electrónico que proporcionaron”, advirtió la funcionaria.
Asimismo, recomendó que antes de enviarlos, se deben revisar los archivos en el validador de forma y sintaxis, disponible en el Portal del SAT, y verificar que esté vigente la firma electrónica.
En lo que se refiere a las pólizas y auxiliares de cuenta, deberán generarse con la información correspondiente a las operaciones realizadas a partir del primero de julio, para entregarlas cuando el SAT las requiera, con posteridad al 3 o 7 de septiembre del 2015, según corresponda a personas morales o personas físicas, respectivamente.
Domínguez Beltrán, dijo que para todo esto “es importante que los contribuyentes preparen su información para que sea enviada en los plazos indicados a fin de cumplir con esta obligación. Para atención de dudas tienen a su disposición los canales de orientación del SAT en sat.gob.mx, Infosat y redes sociales”.