Derivado de las resoluciones de dichos juicios, el PT presentó ante la Sala Superior del TEPJF, 115 recursos de reconsideración en contra de las sentencias de las Salas Regionales. El recurso de reconsideración es un medio de impugnación de naturaleza jurisdiccional que los partidos políticos, coaliciones y candidatos, pueden presentar en contra de las sentencias emitidas por las Salas Regionales del Poder Judicial de la Federación en los juicios de inconformidad.
En este contexto, el TEPJF informó -mediante un boletín- sobre estas impugnaciones y refirió que la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación establece que las sentencias que se resuelvan mediante el recurso de reconsideración, relacionadas con la validez de la elección, serán definitivas e inatacables y deben notificarse a los partidos políticos y candidatos, así como a terceros interesados, al consejo general del INE y a la oficialía mayor de la Cámara de Diputados, en los plazos previstos en la ley.
Vale mencionar que las cinco Salas Regionales del TEPJF recibieron y resolvieron 501 juicios de inconformidad y de esos 501 el PT interpuso el 30% de las mismas, buscando con ello lograr el 3% que necesitaba para no perder su registro.