El grupo de manifestantes con pancartas protestó en la avenida Emiliano Zapata, al norte de Cuernavaca, luego de entregar a la delegación de la Profepa un documento en el que exige la aplicación de la norma que ya contempla castigos a quienes matan o agreden a diferentes especies.
Expusieron como un caso de muestra el de un vecino del fraccionamiento ya referido, ubicado en el municipio de Xochitepec. En el oficio dirigido a la funcionaria federal Georgina Gutiérrez Barbosa denuncian que el pasado mes de septiembre, uno de los vecinos del lugar, presuntamente de forma deliberada, mató a un gato de un año y medio de edad.
Ofreciendo un video como prueba, señalaron que el mismo hombre, como conductor de una camioneta, después de atropellar a ese felino, todavía se echó marcha atrás o de reversa para tratar de matar a otro gato (hermano del primero), pero éste segundo logró escapar.
El propietario del gato atropellado, el médico veterinario zootecnista Manuel Gay Gutiérrez, aseguró que junto con presidentes de la asociación de colonos y golfistas de ese lugar, obtuvieron los videos de las cámaras de vigilancia donde se observan los hechos y se identificó el vehículo del responsable. En el documento, asegura que incluso el hombre ahora señalado admitió haber cometido la agresión contra su mascota con el argumento de que “ya no hay codornices ni conejos”, y la excusa de que “ya no lo volvería a hacer”.
Al respecto, el denunciante manifestó que algunas especies silvestres desaparecieron en esa zona, pero por el crecimiento de la mancha urbana, no por la existencia de gatos o perros.
Los manifestantes señalaron que se trata de un delito que debe ser sancionado. Pidieron a las autoridades no minimizar los hechos, pues se trata de una mascota de una familia, pero de actos crueles e inhumanos que implican una muestra de la agresión al medio ambiente y el daño a los animales.
En su Artículo 23, la Ley Estatal de Fauna del Estado de Morelos especifica como falta el supuesto narrado. El ordenamiento señala: “Será sancionado el conductor de cualquier vehículo que pudiendo evitarlo, atropelle a un animal. En caso de que el atropellamiento fuese involuntario y no tuviere lugar en vías de alta velocidad, el conductor tiene el deber de brindar auxilio al animal”.
Además, el Artículo 69 del mismo ordenamiento expresa: “Son faltas y sanciones en materia de fauna, la captura de animales que formen parte de la lista de especies en estado de extinción y cualquier acto de crueldad intencional o imprudencial ejecutado en cualquier animal”.
Finalmente, en el Artículo 71 deja en claro que “Las infracciones a lo dispuesto en esta Ley, se sancionarán por el titular de la dependencia u organismo estatal con multas de hasta sesenta salarios mínimos vigentes en el Estado de Morelos o bien con arrestos hasta por treinta y seis horas, según la gravedad de la falta, la intención con la cual ésta fue cometida y las consecuencias a que se haya dado lugar”.