En el documento señalan la importancia de que se cumpla con el diseño, construcción, mantenimiento y señalamiento de reductores de velocidad y topes.
Noemí López Cruz y María de Jesús Díaz Román, representantes legales de ambas empresas, explicaron que los topes y reductores de velocidad instalados en diversas vialidades de la capital morelense no cumplen las especificaciones de la NOM.
La petición fue remitida a la Secretaría de Infraestructura Urbana, Obras y Servicios Públicos, así como a la Dirección de la Policía Vial, dependiente de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, las que deberán atender la petición de las empresas, instruyó el presidente municipal de Cuernavaca, Cuauhtémoc Blanco Bravo.
Cabe mencionar que la NOM-034-SCT2-2011 que aplica para carreteras y vialidades urbanas señala que los reductores de velocidad son dispositivos que se construyen sobresaliendo de la pavimentación, sólo en casos excepcionales en los que se requiera obligar al conductor a reducir la velocidad del vehículo para que se detenga inmediatamente antes del inicio de un área de conflicto, como un cruce de peatones, una zona urbana, una intersección a nivel contra carretera o vialidad más importante y las estaciones de cuerpos de emergencia como bomberos y ambulancias, entre otros.