La declaración emitida en el periodo del proceso electoral pasado, provocó algunas polémicas afirmaciones por parte del entonces candidato a gobernador por el Movimiento Progresista Graco Ramírez Garrido Abreu, a los pocos días, en una reunión con empresarios aseguró que no permitiría que se mantuvieran los atropellos en contra de las perspectivas de inversión y generación de empleos, por intereses particulares.
Es necesario aclarar que las relaciones obrero-patronales se regulan a través de la Ley Federal del Trabajo, misma que entró en vigor el 1º de mayo de 1970 y sustituyó a la aprobada en 1931, en ese entonces, era presidente de la república Gustavo Díaz Ordaz y faltaban pocos meses para que iniciara la administración presidencial de Luis Echeverría Álvarez.
Existía la mitad de la población en México. La población económicamente activa pasó de menos de 14 millones a más de 47 millones de personas. La economía era cerrada, no existían tratados de libre comercio, y se iniciaba una marcada recurrencia a fenómenos devaluatorios e inflacionarios.
Gobernaba un partido que contaba con mayorías absolutas en el Congreso general, por lo que no existía discusión de las iniciativas de ley propuestas por el Ejecutivo, se aprobaban en automático. Esta hegemonía se reflejaba también en los gobiernos de los estados y municipios.
Para nuestros días es sumamente conveniente hacer una reflexión seria y profunda sobre la impostergable necesidad de adecuar la ley del trabajo a nuestra realidad, pues según especialistas en derecho laboral, ellos acusan signos evidentes de anacronismo al resaltar sus peculiaridades, debido a que en sus 1010 artículos que la componen, únicamente en 3 ocasiones hace referencia al concepto de “productividad”, y en ningún momento al de “competitividad”.
Además, la mencionada ley dispone que el pago del salario se realice al trabajador en efectivo, sin prever la posibilidad de utilizar medios electrónicos de pago. E incluso expresa algunos otros señalamientos que pudieran resultar ajenos a nosotros, como lo son:
No sanciona expresamente el acoso y hostigamiento sexual, así como que una trabajadora sea removida por estar embarazada, o que por esa condición no sea contratada.
No inhibe el trabajo infantil.
No regula con claridad las medidas necesarias dentro de la relación laboral, ante contingencias sanitarias.
No permite que las tablas de enfermedades de trabajo sean actualizadas con un procedimiento ágil.
No prevé un procedimiento especial y breve para el trámite de conflictos de seguridad y previsión social que, sin ser estrictamente conflictos obrero-patronales, en la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje representan más del 50% del total de los asuntos individuales que se tramitan.
No tiene un mecanismo que permita el uso de herramientas tecnológicas en los procesos laborales para agilizarlos, ni regula el ofrecimiento y desahogo de pruebas contenidas en medios electrónicos.
No prevé que los litigantes en materia laboral tengan que ser abogados o licenciados en derecho, con lo que tolera el 'coyotaje' en perjuicio de los trabajadores.
El procedimiento ordinario, no permite el suficiente impulso a la conciliación como herramienta de solución de conflictos.
En materia de huelga y reparto de utilidades, conserva figuras que han sido declaradas inconstitucionales por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
No prevé mecanismos para transparentar el registro de sindicatos y contratos colectivos de trabajo.
Faculta a los dirigentes sindicales para solicitar al patrón que despida, sin indemnización, a un trabajador por haber renunciado o por haber sido expulsado de su sindicato (cláusula de exclusión).
Obliga a retener cuotas del salario de los trabajadores por parte de los patrones para entregarlas a los sindicatos, como si se tratara de impuestos sin prever la necesaria manifestación de la voluntad del trabajador.
No fomenta la libertad sindical al no prever el voto libre, directo y secreto para la elección de directivas sindicales, en los conflictos de titularidad de contrato colectivo de trabajo ni en el procedimiento de inexistencia de la huelga.
No inhibe el incumplimiento de las normas de trabajo al establecer como sanción sólo multas de 3 a 315 días de salario mínimo.
Además, no favorece el acceso a empleos formales y bien remunerados.
Los trabajadores de Morelos
José Martínez Cruz, publicó un análisis sobre las condiciones en las que se habían dado las relaciones laborales, ahí se establece lo siguiente:
“Si pudiéramos definir de manera gruesa la situación que han encontrado los trabajadores del estado de Morelos durante el periodo comprendido entre los años 1976 y 1986, tendríamos que decir que esas fechas se han caracterizado porque los trabajadores, la clase obrera industrial y de servicios, han vivido bajo un intenso ataque a sus condiciones de vida y trabajo por parte de los empresarios y del gobierno encabezado por Armando León Bejarano.
La clase obrera morelense ha vivido un intenso periodo de consolidación y ha experimentado un crecimiento decisivo en su peso en el proceso productivo y en la economía regional, producto del desarrollo capitalista de industrialización y expansión del sector de servicios durante los últimos 20 años, a partir del surgimiento de la Ciudad Industrial del Valle de Cuernavaca (Civac), en 1965 hasta el desarrollo de corredores industriales en diferentes ciudades del estado, entre los que destacan el de Cuautla y el de Villa de Ayala, así como la industria instalada en Zacatepec, Jojutla y Axochiapan, así como en menor medida en Yautepec y en otras regiones con pequeña industria. Esta clase obrera que supera la cantidad de 50 mil personas, ha tenido un papel protagónico en una serie de acontecimientos políticos y sociales que deben ser analizados a la luz de las repercusiones que se han presentado en los profundos cambios gestados en las relaciones entre las clases sociales, los procesos productivos y los métodos de trabajo, que a su vez, tienen implicaciones en las formas de lucha, de organización y acción para defender sus derechos y conquistas sociales y laborales dentro de los centros de trabajo, como en el conjunto de la vida social.
La forma en que el poder político, el aparato de dominación estatal, ha enfrentado los retos planteados al movimiento obrero, igualmente han sufrido variaciones importantes en el transcurso de estos dos sexenios, los cuales, desbordan cualquier límite impuesto por las propias normas y leyes que el Estado dice defender, utilizando medidas que tienden a restablecer los deteriorados lazos y mecanismos de dominación y control sobre los trabajadores, como el remozamiento del papel de la burocracia sindical (en sus variantes del charrismo tradicional hasta las burocracias de nuevo cuño) y el establecimiento de “pactos” y acuerdos tendientes a fijar nuevas reglas o ratificar las existentes en el marco de las relaciones obrero-patronales.
En este marco de análisis, podemos mostrar los avances que en términos de organización sindical y política, han tenido los trabajadores, tratando de establecer hasta cierto punto las luchas, que llevadas a cabo, permiten afirmar que la clase obrera se logra ver a sí misma como sujeto de transformación y cambio de las relaciones, asimismo permite observar hasta dónde ha avanzado en la conquista de sus reivindicaciones propias e inmediatas, y en qué medida se van delineando proyectos políticos con una perspectiva estratégica, todo esto desde el punto de vista de sus intereses históricos de clase.
Llegar a algunas conclusiones al respecto, no tiene sólo un interés meramente teórico o histórico, tal y como si fuera un peso muerto del pasado para archivarlo en la gaveta, sino que nos puede permitir aproximarnos, de manera realista y concreta, al proceso de reorganización del movimiento obrero, y así, podamos formular algunas hipótesis sobre las tendencias que actualmente tiene el movimiento obrero hacia el futuro inmediato.
Asimismo, logra establecer el tipo de relación que existe entre el poder político y el movimiento obrero, y esta acción nos permitirá comprender las razones por las cuales hasta el momento, no ha habido una irrupción violenta de las masas trabajadoras en Morelos y en todo el país, incluso aunque se les ha estado aplicando un brutal plan de austeridad, lo que en otros países latinoamericanos, ha significado el estallido de grandes movilizaciones, paros cívicos y huelgas generales.
Advierte el luchador social, que durante más de 3 décadas ha impulsado el respeto a los derechos humanos en la entidad. En 1988, el dirigente estatal de la Confederación de Trabajadores de México en Morelos y líder cañero Gonzalo Pastrana, perdió con un resultado inédito hasta ese momento, la elección constitucional para convertirse en diputado federal por el cuarto distrito con cabecera en Jojutla, región de influencia del Ingenio Emiliano Zapata”.
El ocaso del sindicalismo
Las devaluaciones del peso frente a las divisas internaciones y la inflación en el costo de vida, consecuencia de un descontrol gubernamental de los indicadores económicos, desde 1976 y hasta 1994, provocó el redireccionamiento de las luchas sindicales; hasta finales de los ochenta, buscaron elevar a cualquier costo el salario real de los trabajadores, en aquellos tiempos, las devaluaciones y la inflación en ocasiones superaron el 100 por ciento anual, en contra parte con las demandas de aumento salarial superior al 100 por ciento; dicha situación trajo como consecuencia el cierre de un importante número de empresas y sobre todo, la disminución de la planta laboral en otras, por ello, las luchas sindicales se redireccionaron desde el inicio de las firmas de los “pactos de estabilidad y crecimiento económico”, en el gobierno de Miguel de la Madrid, hacia la conservación de las fuentes de empleo; Morelos concluyó así su periodo de “leyenda negra”.
Aquél periodo se construyó luego de las denuncias que por inestabilidad laboral expresaron empresarios que enfrentaban conflictos sindicales en Morelos, entre ellos destacan las huelgas de Iacsa de 1976, textiles de Morelos 1977 y el paro realizado a la empresa japonesa Nissan, todas esas suspensiones laborales se prolongaron, en algunos casos, por más de 5 meses, ya que contaron con el apoyo de los sindicatos de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos.
En el sexenio88-92 se inició un proceso de “estabilidad laboral”, disminuyó el número de huelgas estalladas y se empezó a escuchar el surgimiento de varias inversiones importantes, algunas se frustraron por conflictos sociales, sin embargo otras lograron consolidarse; el enfrentamiento de los sindicatos con las empresas quedó disminuido a su mínima expresión, durante aquel gobierno falleció Gonzalo Pastrana y fue electo como dirigente cetemista Manuel Montalvo Medellín, quien a su vez en 1994, fue electo senador de la república por Morelos, esto por el Partido Revolucionario Institucional, esa fue la última elección en la que la fórmula de senadores del PRI obtuvo mayoría, (en el 2000 fueron primera minoría, en el 2006, tercera fuerza y en el 2012 primera minoría).
A partir de 1994, y luego de la crisis al inicio del gobierno del presidente Ernesto Zedillo, los conflictos sindicales se redujeron, pero las denuncias laborales individuales por despidos injustificados y reclamos individuales del incumplimiento de contratos se incrementaron; en 2004, se entregó a la abogada Georgina Karmina Navarrete el Hotel Ilebal, luego de un litigio que se inició durante el gobierno de Jorge Carrillo Olea, en contra del propietario de aquel desarrollo turístico por unos trabajadores despedidos que demandaron ante la junta local de Conciliación y Arbitraje.
Con aquella entrega se confirmó lo que algunos líderes empresariales habían manifestado en algunas reuniones con representantes del gobierno estatal y federal de aquel momento, que una gran cantidad de abogados estaban presionando a las autoridades laborales, para obtener beneficios “exagerados” de las demandas presentadas contra algunos patrones.
El cártel jurídico
La sobreexplotación de los tribunales laborales por parte de trabajadores desplazados, es una de las razones por las cuales, los inversionistas nacionales e internacionales se han ausentado de Morelos, señalan las organizaciones de hombres de negocios, quienes además advierten que un ejemplo de ello, es el número de asuntos que se ventilan en las juntas de conciliación y arbitraje, cifra superior a las de entidades con un mayor número de trabajadores, sindicatos y contratos registrados a los que hay en Morelos.
El colegio morelense de licenciados, maestros, doctores y postulantes en derecho laboral y seguridad social S. C. es la organización que aglutina a una importante cantidad de funcionarios y litigantes en la entidad, la agrupación la preside el maestro Marco Antonio García García; por otro lado, el presidente de la Junta Especial número uno de la Local de Conciliación y Arbitraje, Jorge Luis Gama Millán, quien fue nombrado el 23 de enero de 2012, establece en el portal de internet del gobierno, que asistió a un curso teórico práctico de derecho laboral con una duración de 15 horas en febrero de 2007, el cual, fue impartido por esa organización. En el mismo, participó Iván Josué Montes Láscari, auxiliar jurídico de la junta.
El 3 de mayo de 2008, trascendió que el presidente del colegio de abogados del trabajo y seguridad social, Marco Antonio García García, fue recluido en el Centro Estatal de Readaptación Social, el 30 de abril, acusado de haber violado la ley de amparo, para poder salir, debido a que pagó 8 mil pesos de fianza, y acusó a los magistrados del Poder Judicial de la Federación y al delegado de la Procuraduría General de la República (PGR), Mauricio Saíd Viveros, de la condición que enfrentó.
Reconoció que hace cuatro años fue demandado por los magistrados del Poder Judicial de la Federación, a los cuales acusó de "no hacer bien su trabajo, sin embargo, cuatro años después soy detenido por elementos armados de la PGR, acusado de haber violado la ley de amparo, situación que jurídicamente no amerita cárcel, pero pienso que todo esto es parte de un juego sucio en mi contra".
En aquella fecha lamentó que se siguieran dando ese tipo de acciones en el estado, siendo que el delito por el que se le acusó ya estaba prescrito, "yo no daré marcha atrás, sigo en mi postura de no quitar la demanda de juicio político en contra de ocho magistrados que se desempeñan en el Poder Judicial de la Federación, uno de ellos ya está jubilado, por lo que en caso de que me llegue a pasar algo a mí, o a algún miembro de mi familia, estaré responsabilizando a los jueces que tengo demandados, por no hacer bien su trabajo y dictar las sentencias a favor de quienes ellos quieren".
Marco Antonio Garcia lamentó que el delegado de la PGR, Saíd Viveros está actuando a conveniencia de los magistrados federales, "es una pena que éste funcionario federal esté actuando a favor de quienes se encuentran demandados por un servidor; simple y sencillamente la ley al mejor postor; no es posible que se me quiera culpar de un delito que no he cometido, afortunadamente sé de leyes y me pude defender, porque en ninguna ley se encuentra establecido el delito de violación a la ley de amparo".
Para finalizar, el entrevistado comentó que cuenta con 72 horas para demostrar su inocencia "yo lo único que te puedo decir es que en ningún momento he pensado retirar el juicio político en contra de los magistrados federales, yo quiero que la ley me haga justicia, porque no se puede permitir que la ley sea para el mejor postor".
Trascendió en aquella fecha.
El 19 de junio de 2008 la Procuraduría General de la República solicitó al juzgado quinto de distrito que liberara una orden de búsqueda y aprehensión contra el ex gobernador Sergio Estrada Cajigal Ramírez, por violar la ley de amparo, informó el abogado laboral Marco Antonio García García.
El litigante agregó que durante su sexenio (2000-2006) Sergio Estrada Cajigal acumuló “cerca de 30 denuncias” por no ejecutar sentencias y laudos laborales a través de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, y provocó que “Morelos alcanzara el primer lugar en desacatos laborales del país”.
De acuerdo con el expediente AP/PGR/MOR/CV/67/2006-II, que contiene las denuncias contra el ex mandatario y otros ex funcionarios estatales, los acusados violaron no sólo la ley de amparo, sino también el código penal federal.
De acuerdo con el oficio de solicitud MPF/082/2008, Primo Ulises Rivera Fernández, agente del Ministerio Público de la Federación, pidió al juez de distrito girar orden de búsqueda y aprehensión contra ex funcionarios de varias juntas de Conciliación y Arbitraje y a Sergio Alberto Estrada Cajigal Ramírez, como superior jerárquico.
A esto, el abogado sostuvo que aunque el problema no es considerado grave, la acumulación de cerca de 30 denuncias por los mismos hechos evitaría que, de ser detenido, el ex mandatario alcanzara fianza. No obstante, es posible que el juez que atiende el caso simplemente no actúe “ante el poder económico que Sergio Estrada aún posee”, advirtió el abogado laboral
El Ministerio Público Federal también solicitó órdenes de aprehensión contra Rocío Uriostegui Álvarez, presidenta de la junta especial número uno de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, asimismo de Rafael Soto Mayor, quien se desempeñó hasta 2005 como titular de esa instancia, así como Juan Ramón Murillo Casillas y Javier Silva Tovar, funcionarios menores de la misma sala.
El 12 de septiembre de 2008 José Francisco Nieto González, magistrado del Tribunal Unitario del Décimo Octavo Circuito revocó el auto de término constitucional mediante el cual, el juez Quinto de Distrito en el estado, decretó la formal prisión del abogado laboralista Marco Antonio García García, como probable responsable de la comisión del delito de violación a la ley de amparo, previsto y sancionado, a quien se le dejaba libre de toda culpa del delito por el cual fue encarcelado, "por lo que se decreta auto de libertad por falta de elementos, a favor del inculpado".
"Por fortuna, el magistrado José Francisco Nieto González, decidió que no cometí ningún delito, que no participé en hechos ilícitos que pudieran considerarse así, por lo que ordena en el toca penal 153/2008, relativo al recurso de apelación que interpuse dentro de la causa penal 34/2008 del Juzgado Quinto de Distrito en el estado, y dejo de estar sujeto a proceso; como consecuencia de que recuperé la vigencia de todos mis derechos constitucionales, prosigo con mi labor como abogado, obviamente con satisfacción y orgullo, porque se demostró que definitivamente lo que se trató de hacer conmigo fue una intimidación, más se impuso el derecho y vamos a tratar de seguir luchando para que el marco legal prevalezca en el estado de Morelos".
Señaló que demandará a quienes pusieron en tela de juicio su reputación como abogado, al juez que dictó la orden de aprehensión y al agente del Ministerio Público Federal que la ejecutó. "Ahora lo que sigue es tratar de recuperar el prestigio de mi despacho"; y acusa directamente al Poder Judicial de la Federación y a la Procuraduría General de la República, porque su despacho es el que más amparos presenta en todo el país".
El 18 de agosto de 2009 García García demandó al Poder Judicial de la Federación y a la Procuraduría General de la República, y reclamó una indemnización de 15 millones de pesos a los funcionarios del Poder Judicial Federal, quienes propiciaron su detención y reclusión en el penal de Atlacholoaya el pasado 30 de abril de 2008, acusado de haber violado la ley de amparo, delito que nunca existió de acuerdo a la determinación del propio Poder Judicial, por lo que exigió la destitución de Francisco Javier Montaño Zavala, José Luis Rendón Sánchez y Roberto Ángel Parra Basán.
Recalcando: "Obviamente, los daños que nosotros, de alguna manera ya valoramos, el reclamo asciende a 15 millones de pesos, se demanda específicamente al Juez Quinto de Distrito, Francisco Javier Montaño Zavala y a su secretario José Luis Rendón Sánchez y el Ministerio Público de la Federación, Roberto Ángel Parra Basán, quienes se involucraron contando con la pericia de que son abogados y que yo no cometí ningún delito y con el ánimo de dañarme me introdujeron a la cárcel".
Añadió que "subsidiariamente demandó al Poder Judicial de la Federación (PJF), a la Procuraduría General de la República (PGR) si en un momento dado estos servidores públicos no cuentan con el dinero para poder cubrir ese daño moral que se me causó a mí y a mi familia, evidentemente tendrán que hacerlo estas instituciones, la PGR y el PJF".
Dijo que haber estado encarcelado por un delito que no cometió, ha provocado difamación y deshonor, además mermas en el oficio que ejerce como sustento de vida, "obviamente disminuyó el trabajo, hay gente que deja de confiar en uno, por haber sido enjuiciado y eso atenta efectivamente contra mi patrimonio, contra mi persona, contra mi profesión, contra mi familia y como un ente social que debe de vivir libremente y como se me causa perjuicio y menoscabo hay que hacerlo valer ante las autoridades competentes".
Finalmente, el entrevistado destacó que actualmente se encuentra radicada la demanda en el Juzgado Cuarto Civil del Tribunal Superior de Justicia del estado y espera que “ese tribunal actúe con apego a derecho para efecto de que se logre resarcir el daño que se me ha causado moral y económicamente, porque para contratar los servicios del abogado Juan Miguel Aguilar López, tuve que pagar 500 mil pesos”.
Cuando el profesor Carlos Hank Gonzalez, rindió protesta como gobernador del Estado de México, enfrentó la resistencia de la Confederación de Trabajadores de México, y una de sus primeras determinaciones fue cambiar a todo el personal de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, también impulsó el surgimiento de una Federación de Sindicatos diferente a la CTM, al finalizar su gestión, el crecimiento industrial de esa entidad fue ejemplo de su época en el territorio nacional.