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Obtuvo FECC reposición de proceso al apelar resolución parcial de un juez


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Obtuvo FECC reposición de proceso al apelar resolución parcial de un juez

Fotógraf@/ Archivo
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*Magistrado señaló que el juez Daniel "N" actuó de forma parcial a favor del imputado y animadversión contra el órgano persecutor*

A través de un comunicado, la Fiscalía Especializada en Combate de la Corrupción (FECC) informó que volverá a imputar a un ex trabajador del Congreso de Morelos, luego de que magistrados de la Segunda Sala del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) revocaron, por unanimidad, el auto de no vinculación a proceso concedido por un juez a favor del ex servidor público, quien presuntamente incurrió en fraude procesal al presentar documentos falsos para obtener su pensión por cesantía en edad avanzada.

En apelación relacionada con el toca penal 94/2021-1-17-OP, el agente del Ministerio Público señaló que hubo falta de congruencia en la resolución, así como falta de exhaustividad en la valoración de los antecedentes de la investigación, y violación flagrante al principio de imparcialidad por parte del juzgador al momento de conocer de la carpeta JC/1197/2020.

Lo anterior en razón de que, al dar su resolución, el juez Daniel "N" señaló que “en lugar de estar haciendo persecuciones de otra naturaleza a sujetos públicos, en realidad la gente no sabe ni cómo están las cosas, a veces somos sujetos de persecución. Yo soy el peor de los criminales, porque así lo dice el señor fiscal, pero lo que pasa es que el señor fiscal no sabe cómo están las cosas, así se lo digo y se lo sostengo públicamente, porque yo tengo el suficiente valor civil y doy la cara en todo”.

Por dicha manifestación, el magistrado Manuel Díaz Carbajal consideró que el juez actuó a favor del imputado, ya que no fundó ni motivó su resolución “en ese asunto, en el que no tiene carácter de imputado (el juez) se asume como tal, lo que denota su falta de imparcialidad y animadversión al órgano persecutor de los delitos”, por lo que vulneró la garantía de imparcialidad establecida en la Carta Magna y en el Código Nacional de Procedimientos Penales.

El magistrado añadió que el juez no valoró los antecedentes de investigación vertidos por la fiscalía en la audiencia, por lo que se decretó la reposición total del procedimiento a partir de la formulación de imputación.

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Erika López Islas

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