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Abraham Salazar debe ser alcalde de Xoxocotla


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Así lo determina Sala Superior del TEPJF.

Por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que corresponde a Abraham Salazar Ángel asumir de inmediato la alcaldía del municipio indígena de Xoxocotla como suplente de Benjamín López Palacios, asesinado el 11 de enero pasado, y vinculó a las autoridades estatales para proporcionarle las medidas de seguridad necesarias.


Con esta resolución, se espera que concluya el complejo conflicto político, social y jurídico en el municipio indígena, y que la comunidad, bajo su sistema normativo de usos y costumbres, establezca las reglas para la sustitución de funcionarios en casos de ausencias definitivas.


Al resolver el juicio de reconsideración SUP-REC-279/2022 y su acumulado, aprobó por mayoría revocar la sentencia de la Sala Regional Ciudad de México del TEPJF –que determinó que no operaba la figura de la suplencia- y validó la sentencia primigenia del Tribunal Electoral del Estado de Morelos (TEEM) del 18 de marzo, que ordenó tomar protesta como alcalde a Salazar Ángel.


“Se propone revocar la sentencia impugnada al considerar que le asiste la razón a los recurrentes, porque conforme al principio de autogobierno de los municipios indígenas los habitantes tienen derecho a elegir a sus autoridades de acuerdo a sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales por lo que en el ejercicio de esa libertad, los pobladores de Xoxocotla decidieron que la elección de sus autoridades municipales sería a través de voto universal en un sistema de planillas completas con un propietario y un suplente.


“En ese sentido, ante la ausencia definitiva del presidente municipal propietario, corresponde al suplente acceder al cargo, esto es, la comunidad reconoce la figura del suplente”, estableció la sentencia.
Y es que, tras el deceso de Juan López Palacios por un infarto días después de la elección del 6 de junio de 2021, su hermano, Benjamín López Palacios y Abraham Salazar Ángel fueron designados como presidente municipal propietario y suplente, respectivamente, en la elección extraordinaria del 3 de octubre y ratificados por  la asamblea general el día 28 de ese mismo mes.


Esto es, la misma  la asamblea, como máximo órgano de decisión de la comunidad, reconoció y avaló a Salazar Ángel como suplente y, bajo esa tesitura, es él quien debe cubrir la ausencia definitiva del presidente municipal propietario fallecido.


En su intervención, el magistrado ponente, Indalfer Infante González, destacó que la resolución no implica una intromisión indebida en las comunidades y pueblos indígenas ni en sus sistemas normativos internos, por el contrario, lo que se analizó fueron las reglas que la propia comunidad de Xoxocotla estableció para llevar a cabo la designación de sus autoridades.


Por ejemplo, en la convocatoria, se estipuló la integración de planillas paritarias con propietarios y suplentes, el lugar y horario de la votación, los requisitos que debían cubrir las y los aspirantes y quienes quisieran participar en la elección.   


Destacó que “nosotros analizamos todo esto y determinamos que si bien es cierto que la población tiene derechos como tal, también los indígenas en lo individual tienen derechos y pueden exigir que esos derechos se les respeten frente a las mayorías y, en el caso concreto, se llevó a cabo una elección que cumplió con todos los requisitos, que fue validada y fue votado como suplente, bueno, pues tiene derecho a que le sea tomada la protesta para ocupar el cargo”, dio.  


Indicó que la resolución incluyó varias consideraciones para que la comunidad establezca ciertas reglas para dar seguridad jurídica a los integrantes de la comunidad y se respeten también los derechos individuales de los propios indígenas.


“Por esa razón, en el propio proyecto se establece que si la comunidad desea revocar una designación ya hecha, por supuesto tienen esta libertad para llevarla a cabo, sin embargo, lo que aquí se está resolviendo es cuál debió haber sido el procedimiento apropiado de acuerdo con las propias reglas que la comunidad se dio, es decir, ellos establecieron una convocatoria donde había planillas con propietarios y suplentes. Atendiendo a esto, ante la ausencia del propietario pues quien debe asumir el cargo es el suplente”, explicó.


En la sesión, las magistradas Janine Otálora Malassis y Mónica Aralí Soto Fregoso votaron en contra del proyecto. La primera consideró que avalar la asamblea del 3 de octubre de 2021 sería equivalente a apoyar una elección bajo las reglas legislativas que prevé la figura la suplencia y, en todo caso, para para respetar el sistema normativo de la comunidad debió analizarse los resultados de la asamblea general del 11 de junio, donde 6 mil 447 votaron por Salazar Ángel.


En tanto, la segunda consideró que debió prevalecer el resultado de la elección de 20 marzo, donde fue electo Raúl Leal Montes.  


En consecuencia, la Sala Superior del TEPJF ordenó al Cabildo de Xoxocotla convocar a una sesión extraordinaria para tomar protesta como presidente municipal sustituto a Salazar Ángel y  vinculó a las autoridades estatales para proporcionar las medidas de seguridad y resguardo, ante la violencia política que ha atravesado el municipio indígena por la disputa por la presidencia municipal durante casi un año y el homicidio del alcalde López Palacios.


Se espera que con la resolución, concluya el conflicto y Xoxocotla, con base  en su sistema normativo de usos y costumbres, establezca reglas para la elección de sus autoridades y contemple los mecanismos de sustitución tanto en casos de ausencias definitivas como en otros supuestos.

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Tlaulli Preciado

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