*Así como en otras ocho entidades*
El Comité Ejecutivo Nacional (CEN) de Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) emitió esta noche la convocatoria para la definición de la coordinación de defensa de la Cuarta Transformación en Morelos, así como en otras ocho entidades.
Se decidió que cinco candidaturas a la gubernatura serán hombres y cinco mujeres, y no será necesario que pidan licencia al cargo, por los plazos en los que habrán de participar en encuestas.
En el caso del estado, específico, se establece que las personas que pretendan participar en el proceso de designación para la Coordinación de Defensa de la Transformación en Morelos, deberán cumplir los siguientes requisitos:
1. Ser mexicano por nacimiento y estar en pleno goce de sus derechos; 2. Ser morelense por nacimiento o morelense por residencia con una vecindad habitual efectiva en el estado no menor a doce años inmediatamente anteriores al día 2 de junio de 2024. La residencia no se interrumpirá por el desempeño de un cargo de elección popular al Congreso de la Unión o un empleo, cargo o comisión en la Administración Pública Federal; 3. Tener treinta años de edad cumplidos al día 2 de junio de 2024; 4. No ser ministros de algún culto, salvo que hubieren dejado de serlo con la anticipación y en la forma que establezca la Ley reglamentaria del artículo 130 de la Constitución Federal; 5. No ser miembros del ejército mexicano y quienes tengan mando de fuerza dentro o fuera del Estado, en su caso, deberán separarse del servicio activo con seis meses de anticipación, inmediatamente anteriores al día 2 de junio de 2024; 6. No tener algún empleo, cargo o comisión civil del Gobierno Federal, a menos que se separe de dicho empleo noventa días antes del día 2 de junio de 2024; 7. No ser Secretario del Despacho, Fiscal General del Estado, Magistrado del Tribunal Superior de Justicia o Presidente Municipal, salvo que, se separe de sus respectivas funciones noventa días antes del día 2 de junio de 2024; 8. No ser, ni haber ejercido como Consejero Presidente, Consejero Electoral del Organismo Público Electoral de Morelos, Magistrado del Tribunal Electoral del Estado de Morelos, personal directivo del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana, o Comisionado del Instituto Morelense de Información Pública y Estadística; 9. No haber ocupado anteriormente el cargo de Gobernador o Gobernadora por elección popular en la entidad, ni haber ocupado en el periodo inmediato anterior la Titularidad del Ejecutivo de manera provisional, interina o sustituta; y 10. En caso de ser militante, tener pleno ejercicio de los derechos partidistas y no estar inscrito en el registro de personas sancionadas por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia, en su caso.
“Es menester precisar que quienes pretendan participar en el proceso de designación deberán acreditar el cumplimiento de las normas constitucionales, legales electorales e internas, así como de los principios éticos de nuestro movimiento”, se aclara.
El registro deberá realizarse el 25 y 26 de septiembre y las solicitudes serán analizadas por el CEN; de este listado, el Consejo Estatal deberá elegir a dos hombres y dos mujeres que irán a encuestas, además de que los resultados serán inapelables.