El SAT convoca a la población a cumplir con el requerimiento.
El Sistema de Administración Tributaria (SAT) convocó a las personas morales a cumplir en tiempo y forma con su declaración anual. La fecha límite es el primero de abril, ya que el 31 de marzo es inhábil.
Este miércoles, el administrador desconcentrado de Servicios al Contribuyente en Morelos Emmanuel López Chávez y el administrador de Recaudación en la entidad, José Vicente Sánchez Ramírez, ofrecieron una conferencia de prensa en la que se dio a conocer que la institución ha generado diversas estrategias para fomentar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y para que este proceso sea más fácil y ágil.
López Chávez destacó que hasta ahora la tendencia a nivel nacional es favorable, pues al corte del mes de febrero ya había aumentado en el 67 por ciento el número de personales morales que habían cumplido con su declaración.
Los funcionarios federales recordaron que en enero, febrero y marzo las personas morales deben presentar su declaración anual del ejercicio fiscal anterior.
La fecha límite para que las personas morales presenten su declaración es el 31 de marzo 2024, pero esta ocasión será el 1 de abril, ya que el 31 es día inhábil, de conformidad con el artículo 12, quinto párrafo del Código Fiscal de la Federación.
Las Personas Morales (PM) con fines no lucrativos deben hacerlo a más tardar el 15 de febrero de 2024.
Destacaron que todas las PM deben presentar la declaración anual mediante alguno de los siguientes formularios: “declaración anual personas morales Opción de acumulación de ingresos; Consolidación. 19-A Declaración anual. ISR diferido en consolidación fiscal. 21 declaración anual. Personas morales con fines no lucrativos. 23 declaración anual. Personas morales del régimen opcional para grupos de sociedades. Integradas e integradoras. 24 declaración anual. Personas morales del régimen de los coordinados. 25 declaración anual. Personas morales del régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras”.
Entre los requisitos se encuentran: contar con el RFC y firma electrónica vigente de la persona moral; contar con la información de los montos de ingresos, deducciones, coeficiente de utilidad, impuestos retenidos, pagos provisionales, entre otros.
Además, deben tener una cuenta con servicio de banca electrónica para pagar por transferencia electrónica a través de los bancos autorizados. Una vez que se realiza el trámite se obtiene el acuse de recibo de la declaración y, en su caso, la “línea de captura”.
Los servidores públicos informaron que por esta ocasión se ampliará el horario de atención -de 8:30 a 18:00 horas- los días 22, 25, 26 y 27 de marzo y 1 de abril.
“Con el horario ampliado de operación en los 55 puntos de atención de país se busca ofertar un mayor número de servicios a fin de que los contribuyentes cumplan en tiempo y forma con la declaración anual del ejercicio correspondiente”.