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Ordena el TEEM restitución de Ana Bertha Haro Sánchez en dos días


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Amelia Hernández Alonso y el cabildo podrían ser multados hasta con 400 mil pesos.

Tetela del Volcán.- Los integrantes del Cabildo de Tetela del Volcán deberán restituir en el cargo de presidente municipal a Ana Bertha Haro Sánchez en un plazo de dos días, so pena de hacerse acreedores a una multa de más de 403 mil pesos, en caso de mantener su negativa a acatar la sentencia emitida el 25 de julio por el Tribunal Electoral del Estado de Morelos (TEEM). Así lo resolvió este órgano jurisdiccional en su Sesión Publica efectuada la noche del viernes.

Por unanimidad de los magistrados fue aprobado el acuerdo plenario de incumplimiento respecto del expediente electoral TEEM/JDC/350/2018-1, promovido por Ana Bertha Haro Sánchez en su calidad de presidenta municipal propietaria electa del ayuntamiento de Tetela del Volcán, en contra de los integrantes del cabildo y la presidenta municipal suplente, Amelia Hernández Alonso, por su negativa de permitirle reingresar al ejercicio al cargo y desempeñar sus funciones derivadas de la licencia definitiva que solicitó para postularse para un cargo de elección popular.

Durante la Sesión Pública se decretó el incumplimiento de la sentencia de fecha 25 de julio, donde el TEEM ordena al cabildo la restitución de la presidenta municipal Constitucional Ana Bertha Haro Sánchez, así como del acuerdo plenario del 3 de agosto por parte de los integrantes del ayuntamiento y el secretario, por lo que se les amonestó públicamente, lo que será publicado en el periódico oficial Tierra y Libertad.

El TEEM ordenó -de nueva cuenta- los integrantes del cabildo Amelia Hernández Alonso, presidenta municipal en funciones; Andrés Martínez Canales, síndico; Lili Isabel Rivas Rivera, regidora; Guillermo Rodríguez Pérez, regidor; Lauro Álvarez Reyes, regidor, así como al secretario municipal, Wilfrido Maya Espinosa, “realizar las acciones correspondientes para efecto de dar cumplimiento a la sentencia de mérito y restituir a la actora en el cargo de presidenta municipal con el apercibimiento de que de no cumplir con lo ordenado se les aplicará una multa de mil hasta 5 mil veces la UMA”.

Para ello se les da de plazo dos días hábiles para cumplir el ordenamiento, para lo cual deberán informar al TEEM -en un plazo de 24 horas- el cumplimiento, anexando la documentación que lo acredite. El tribunal también ordenó hacer del conocimiento al Congreso del estado de esta resolución, “para que en uso de sus facultades determine si los actos u omisiones pudieran derivar en responsabilidad administrativa por parte de los servidores públicos municipales referidos o, en su caso, dé conocimiento a la autoridad administrativa correspondiente para los efectos legales a que hubiera lugar”.

Por último, se señala que en caso de no cumplir con lo ordenado en el presente acuerdo, como en la sentencia dictada el 3 de julio, “se les aplicará como medida de apremio una multa de mil hasta cinco mil veces la Unidad de Medida y Actualización UMA prevista en el artículo 109 del Reglamento Interno del TEEM”. Destaca el ordenamiento de que esta multa se individualizara en el momento procesal oportuno, misma que deberá ser pagada por la alcaldesa suplente Amelia Hernández Alonso, el cabildo y el secretario municipal de su propio peculio y no del erario público.

 

 

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Mario Vega

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