Lo anterior trascendió al confirmarse que el Tribunal de Justicia en su sexto distrito de Morelos, amparó y protege a un vecino de la ciudad de Cuautla, para que las autoridades del ayuntamiento de Cuautla, le reembolsen el porcentaje cobrado a través de los recibos de luz de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) por concepto del DAP.
Según la ley de amparo la resolución debe cumplirse de manera inexcusable, en caso de no hacerlo dichos funcionarios deberán ser destituidos.
Dicha resolución se plasma en el expediente número 1216/2014-VI, publicado el 13 de julio, al encontrar que los cobros por el DAP en inconstitucionalidad establecida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), “mediante jurisprudencia se advierte que la parte quejosa impugnó los cobros por concepto de derecho de alumbrado público, por los periodos del ocho de abril al nueve de mayo de 2014 y el último de ellos, del 21 de marzo al 22 de abril de 2014”.
Dichos cobros fueron confirmados por el ayuntamiento de Cuautla, mediante documentales que tuvo que expedir como parte del este proceso.
Ahí se evidencia que los cobros se realizaron sin fundamentación y motivación, al no basarse en el esquema previsto en la Ley de Ingresos del Municipio de Cuautla, para el ejercicio fiscal de 2014, sino en un porcentaje sobre el consumo de energía eléctrica.
La resolución señala que “las autoridades al recaudar el derecho de alumbrado público, específicamente respecto del cobro que da origen a este juicio de amparo, violan las garantías consagradas en los artículos 31 fracción IV y 73, fracción XXIX, en virtud de que, es facultad exclusiva del Congreso de la Unión establecer contribuciones sobre consumo de energía eléctrica”.