Las empresas no pueden negar a sus empleados el permiso para salir cuando les toque ir a vacunarse contra COVID-19, tampoco pueden descontarles las horas que se ausenten por esta causa ni podrán obligarlos a reponerlas.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social explicó, que las empresas e instituciones no podrán legalmente negar el acceso programado al esquema de vacunación, puesto que la salud de los trabajadores es un asunto de interés público.
Lo anterior conforme al Artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, que dispone que los patrones están obligados a cumplir con las disposiciones que en caso de emergencia sanitaria fije la autoridad competente, así como a proporcionar a sus trabajadores los elementos que señale dicha autoridad, para prevenir enfermedades en caso de declaratoria de contingencia sanitaria. Una de esas disposiciones es justo la vacunación.
¿Qué pasa si mi patrón me niega el permiso o me descuenta de mi salario por ir a vacunarme?
Los descuentos en los salarios de los trabajadores están prohibidos, salvo en casos y con los requisitos específicos que señala el artículo 110 de la Ley Federal del Trabajo, ninguno de los cuales aplica en el caso de la vacunación.
Por ello, los patrones no tienen derecho a descontarles a los trabajadores las horas en las que se ausenten para irse a vacunar, tampoco los pueden obligar a reponer las horas que estén fuera durante ese proceso y mucho menos pueden negar el permiso para que sus trabajadores reciban la inmunización.
En caso de que a alguna persona le nieguen el permiso o le descuentan el día, debe acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, en donde se les brindará asesoría gratuita, o bien pueden llamar a los números (800) 911-7877 o al (55) 5998-2000.
También pueden encontrar apoyo en el sitio de la Procuraduría Digital de Atención al Trabajador COVID-19, en el que se da seguimiento a las afectaciones laborales por despido o permiso sin goce de sueldo que se hayan dado durante esta emergencia sanitaria.