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AMLO celebra que su Gobierno no ha aplicado el artículo 33 de la Constitución

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El artículo 33 de la Constitución Mexicana determina que el presidente podrá expulsar a cualquier extranjero si lo juzga conveniente

AMLO celebra que su Gobierno no ha aplicado el artículo 33.
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AMLO celebra que su Gobierno no ha aplicado el artículo 33 de la Constitución

El artículo 33 de la Constitución Mexicana determina que el presidente podrá expulsar a cualquier extranjero si lo juzga conveniente

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Andrés Manuel López Obrador (AMLO), presidente de México, enfatizó hoy 6 de septiembre de 2021 que otro logro de su gobierno es que no se ha aplicado el artículo 33 de la Constitución contra extranjeros.

“Aprovecho para decir que otro logro importante del Gobierno, que a veces se olvidan cosas es que no hemos aplicado el 33, el artículo 33 de la Constitución”.

En su conferencia de prensa mañanera, el presidente aseguró que su gobierno no ha expulsado a ningún extranjero por intervenir en asuntos que tienen que ver con los mexicanos.

López Obrador remarcó que antes sí se aplicaba el artículo 33 constitucional.

Insistió en que su gobierno no ha aplicado dicho artículo y no lo hará porque es un compromiso. Dijo que levantará el veto a personas que hayan sido vetadas y tengo prohibido venir a México.

“Voy a dar instrucciones al secretario de Gobernación, al secretario de de Relaciones Exteriores. México es un país libre, eso también lo digo para si el señor de Vox, Abascal, quiere venir de nuevo lo puede hacer, están abiertas las puertas de nuestro país, siempre son bienvenidos todos los extranjeros aunque sean opositores. No tenemos nada de qué avergonzarnos”.

El presidente insistió en que su gobierno es democrático y transparente y reiteró que todos pueden venir a México, ya sean opositores, representantes de la monarquía, de la derecha, del autoritarismo, clasistas, racistas, pro-fascistas.

“No hay problemas de nada, somos libres y en el país están garantizadas las libertades".

El artículo 33 de la Constitución dice lo siguiente:

“Son personas extranjeras las que no posean las calidades determinadas en el artículo 30 constitucional y gozarán de los derechos humanos y garantías que reconoce esta Constitución".

El Ejecutivo de la Unión, previa audiencia, podrá expulsar del territorio nacional a personas extranjeras con fundamento en la ley, la cual regulará el procedimiento administrativo, así como el lugar y tiempo que dure la detención.

Los extranjeros no podrán de ninguna manera inmiscuirse en los asuntos políticos del país”.

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