Este viernes, el Senado de la República dio un paso significativo en la protección de los derechos humanos al aprobar reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para erradicar de manera definitiva y a nivel nacional las prácticas conocidas como Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), más comúnmente denominadas “terapias de conversión”.
Estas prácticas, calificadas como actos de tortura por organismos internacionales contra la comunidad LGBTQ+, implican abusos extremos, desde físicos hasta psicológicos, que van desde abusos sexuales hasta electrochoques y supuestos exorcismos, con el objetivo de obligar a las personas a identificarse como cisgénero y heterosexuales.
Con una mayoría contundente de 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el pleno del Senado respaldó estas reformas durante una sesión que se extendió por casi 12 horas.
Los cuatro senadores que votaron en contra fueron José Alfredo Botello Montes, Victor Oswaldo Fuentes Solís, Alejandra Noemi Reynoso Sánchez y Lilly Téllez, todos ellos miembros del Partido Acción Nacional.
Esta aprobación llega apenas un mes después de que la Cámara de Diputados también diera luz verde a estas reformas, y tras seis años desde que la iniciativa fue presentada.
Las reformas añaden un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud, imponiendo sanciones severas a quienes promuevan, realicen, apliquen o financien cualquier forma de tratamiento o terapia para modificar la orientación sexual o identidad de género de una persona.
Estas sanciones incluyen penas de prisión de dos a seis años, acompañadas de multas significativas de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
En casos donde las víctimas sean menores de 18 años, adultos mayores o personas con discapacidad, las sanciones se duplicarán.
Además, se prevé la suspensión en el ejercicio profesional por uno a tres años para los profesionales de la salud que participen en estas prácticas coercitivas.
Una disposición clave es la diferenciación de sanciones entre padres, madres o tutores que promuevan estas prácticas y aquellos que no tienen una relación directa con la víctima. Mientras que los primeros podrían recibir sanciones de amonestación, los segundos enfrentarían la destitución e inhabilitación para ejercer su cargo por un período igual a la pena impuesta.
Tras la aprobación en el Senado, el proyecto de reforma fue remitido al Ejecutivo Federal para su promulgación y publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Esta decisión ha sido ampliamente celebrada por activistas y políticos comprometidos con la defensa de los derechos humanos, incluida la senadora Patricia Mercado, una de las principales impulsoras de esta iniciativa, quien destacó el trabajo de organizaciones como Yaaj México en la consecución de esta victoria para la comunidad LGBT+.