La consejera jurídica de la Presidencia, Ernestina Godoy, alertó sobre la posible comisión del delito de “coalición de servidores públicos” tipificado en el artículo 216 del Código Penal Federal por parte de la jueza Nancy Juárez Salas, tras la orden de la jueza de eliminar la Reforma Judicial del Diario Oficial de la Federación (DOF).
Señaló que con su resolución del 16 de octubre de 2024, podría haber incurrido en este ilícito, que se configura cuando funcionarios públicos se coaligan para impedir la ejecución de una ley con el fin de obstaculizar o suspender la administración pública.
En su artículo titulado “Respuesta breve a una jueza de Distrito”, publicado en el diario El Universal, criticó fuertemente la decisión de la jueza, acusándola de incurrir en un “acto de grosera extralimitación” al interferir en la independencia de los tres Poderes de la Unión.
Además, Godoy manifestó que los jueces están actuando de manera ilegal, perjudicando a los ciudadanos al retrasar casos urgentes por sus “ilegales acciones”.
“¡Debe cesar de inmediato el ilegal abuso de los jueces!”, exclamó.
La jueza Juárez Salas, quien ocupa el cargo en el Juzgado Decimonoveno de Distrito en Coatzacoalcos, Veracruz, emitió una resolución “sin antecedentes” al anular la reforma constitucional aprobada por el Congreso.
Godoy afirmó que esto representa una “usurpación de atribuciones” que le corresponden a otros poderes, subrayando que el Poder Judicial no tiene la facultad de revisar la validez de reformas constitucionales.
Godoy hizo hincapié en que la Ley de Amparo es clara en su improcedencia en estos casos, citando que “el Artículo 61, fracción I de la Ley de Amparo, señala que el amparo es improcedente contra adiciones o reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; por lo que la juez debió desechar la demanda de amparo tan pronto recibiera”.
La consejera calificó la resolución de la jueza como “aberrante, ilegal e improcedente”, sugiriendo que Juárez Salas podría enfrentar responsabilidad conforme al artículo 263 de la Ley de Amparo.
También cuestionó la ética de la jueza, indicando que su decisión fue emitida “en contra de la Presidenta de México”, Claudia Sheinbaum, insinuando que actuó con una autoridad “suprema” sobre otros poderes del Estado mexicano.
Godoy también se refirió al contexto dentro del Poder Judicial, señalando que la reforma constitucional que impacta directamente en la elección de jueces, magistrados y ministros, ha generado un conflicto de interés entre los miembros del Poder Judicial.
Argumentó que estos funcionarios “carecen de un criterio imparcial, objetivo y neutral” para decidir, dado que la reforma influye directamente en su futuro profesional.
La falta de neutralidad se evidencia, según Godoy, en el paro de labores iniciado en protesta por la reforma, permitiendo a los jueces “garantizar la permanencia en sus puestos” al detener la entrada en vigor del decreto.
Quiero compartir con ustedes por qué es improcedente un amparo contra una reforma constitucional, utilizando como ejemplo el caso de la jueza que ordenó eliminar del Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma al Poder Judicial. pic.twitter.com/tpCpcv9EuS
— Ernestina Godoy Ramos (@ErnestinaGodoy_) October 20, 2024