La Cámara de Diputados ha aprobado, con una mayoría calificada, la reforma conocida como de “supremacía constitucional”, diseñada para limitar la capacidad del Poder Judicial de revisar cualquier reforma a la Constitución.
Este cambio legislativo es un paso clave hacia la consolidación del poder legislativo en la interpretación de las reformas constitucionales.
Ahora resta que la minuta sea aprobada por al menos 17 legislaturas estatales y posteriormente podrá ser publicada por la presidenta Claudia Sheinbaum en el Diario Oficial de la Federación.
La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados ha convocado a los legisladores para este jueves 31 de octubre, con el objetivo de recibir los votos de las entidades federativas y así emitir la declaratoria de constitucionalidad.
En la votación, el bloque de Morena, PVEM y PT obtuvo 340 votos a favor, mientras que la oposición reunió 133 votos en contra y se registró una abstención.
La reforma modifica los artículos 105 y 107 de la Constitución, estableciendo que el Poder Judicial no podrá invalidar ni otorgar amparos para suspender reformas constitucionales.
Una de las modificaciones clave es la adición de un quinto párrafo al artículo 105, que establece que “son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a la Constitución”.
Asimismo, el primer párrafo de la fracción II del artículo 107 aclara que “no procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a la Constitución”.
Además, se establece que las sentencias en juicios de amparo se limitarán a los casos específicos solicitados por los quejosos, y no podrán tener efectos generales en relación con las reformas constitucionales.
Los artículos transitorios de la reforma indican que el decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, y los casos que estén en trámite se resolverán de acuerdo con las nuevas disposiciones.