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Las 20 recomendaciones del GIEI a la PGR sobre caso Ayotzinapa

Tras la salida del grupo de expertos, se espera la articulación de un mecanismo de seguimiento que contribuya a mantener el apoyo internacional en este caso.

TXT Aristegui
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El Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes –que concluyó sus investigaciones sobre el caso Ayotzinapa el mes pasado-, salió del país pero dejó 20 recomendaciones a la Procuraduría General de la República.

De acuerdo con un comunicado del grupo, los expertos confían en que las autoridades den “continuidad al trabajo de investigación del caso”, y con ello “se fortalezca el estado de derecho y la lucha contra la impunidad“.

“Alejandro Valencia, Ángela Buitrago, Carlos Beristain, Claudia Paz y Francisco Cox, integrantes del GIEI, agradecen al Estado, a los representantes de las víctimas, a los familiares y a México la posibilidad de haber llevado a cabo su trabajo a pesar de las dificultades y, sobre todo, agradecen también el apoyo, la atención y el monitoreo continuo de su trabajo por parte de numerosos sectores de la sociedad mexicana e internacional”, indica el texto enviado a medios.

Estas son las recomendaciones que el GIEI hizo:

1. Unificación de las distintas causas penales

Se requiere una acumulación procesal para investigar y juzgar de manera integral los hechos de Ayotzinapa. Las distintas causas penales deben estar concentradas y ser llevadas a cabo por jueces competentes y accesibles.

2. Evitar la fragmentación

Las distintas Averiguaciones Previas que se han iniciado en contra de los procesados vinculados con la investigación 1-2015 deben incorporarse a esta investigación en su totalidad, para evitar la fragmentación de la investigación y para que la Oficina del Caso Iguala pueda tener en cuenta el patrón de actuación, el contexto y la conexidad de los delitos cometidos, lo que se considera que es clave para determinar la responsabilidad y modus operandi.

3. Investigación integral

Es necesario que se realice una investigación integral de los hechos, no es posible separar el esclarecimiento de los hechos del 26 y 27 de septiembre de 2014 de la investigación del grupo criminal que participó en los mismos. Actualmente, los primeros se investigan en la Oficina del Caso Iguala y los segundos en la Subprocuraduría Especializada en Investigación de la Delincuencia Organizada, SEIDO. Es necesario que la información relativa a esta organización criminal que sea relevante para el caso de los 43 sea agregada también a la investigación a cargo de la Oficina del Caso Iguala, e integrada en la investigación 1-2015. Se deben evitar interferencias de SEIDO en la investigación que debe ser dirigida únicamente por parte de la oficina de investigación del caso bajo la Subprocuraduría de Derechos Humanos, siguiendo los Acuerdos de Washington de octubre de 2015 ante la CIDH.

4. Considerar otras violaciones de derechos humanos y delitos

Es necesario investigar de manera adecuada otras graves violaciones de derechos humanos y delitos que se presentaron en el caso y que así sean tipificadas por los jueces encargados de las causas penales, entre ellos: 1) desapariciones forzadas, 2) homicidios, 3) tentativas de homicidio, 4) encubrimiento, obstrucción a la justicia y abuso de autoridad, 5) tortura, 6) exceso en el uso de la fuerza, 7) lesiones y amenazas que sufrieron los normalistas sobrevivientes. Esto significa que se deben ampliar los cargos en contra de los presuntos responsables, y, por ejemplo, integrar los resultados de la autopsia de Julio César Mondragón a la tipificación de su caso.

5. Llevar a cabo las declaraciones testimoniales pendientes

Es necesario agotar todas las declaraciones testimoniales que han sido solicitadas por el GIEI y que aún no se han realizado, especialmente las de las autoridades políticas del Estado de Guerrero que se encontraban en funciones en la noche del 26 y 27 de septiembre de 2014; el director y subdirector de la policía de Huitzuco y el presidente municipal y la declaración de las personas que se encontraban en barandillas la noche del 26 y 27 de septiembre de 2014.

Deben realizarse las entrevistas a integrantes del 27 Batallón de acuerdo con las preguntas propuestas por el Informe Ayotzinapa II.

Respecto a las víctimas, el GIEI señala la importancia de que se tomen y sean incluidos en el expediente los testimonios de familiares del equipo de Los Avispones que informaron al GIEI de cuestiones relevantes para la investigación, que fueron incluidas en el informe Ayotzinapa II, y que deben ser escuchadas por la PGR.

6. Seguimiento a la información de telefonía

Con la información de telefonía incorporada en el expediente deben trazarse nuevas líneas de investigación como la identificación de “caminante” y otros teléfonos que parecen relevantes, dadas las horas críticas en las que tuvieron comunicación con los presuntos perpetradores. Debe establecerse la identidad de los usuarios de los teléfonos con quienes se comunican perpetradores y autoridades clave en ese momento y que no han sido investigadas. Respecto a los estudiantes, deben trazarse líneas de investigación a partir de los lugares donde, posteriormente a la hora de detención, se siguieron activando sus teléfonos.

7. Balística

Es necesario realizar la confrontación de la evidencia balística recogida en los escenarios de Santa Teresa y Juan N. Álvarez, con la de las armas asignadas a la Policía Municipal de Cocula, Policía Municipal de Huitzuco, Policía Estatal, Policía Federal ya que hay evidencias de la posible participación de algunos de sus miembros en los sucesos violentos ocurridos esa noche.

También debe investigarse por qué la SEIDO vuelve al Basurero de Cocula el día 15 de noviembre de 2014, cuál es el sustento para esta nueva diligencia en la cual se levantan 42 casquillos en la zona alta del basurero cuando ya se había hecho la revisión del sitio del suceso. Así como porque no fue notificado el Equipo Argentino de Antropología Forense.

8. ADN

Se debe establecer una fecha para la recepción de los resultados de Innsbruck. La PGR debe evitar transmitir información pública sobre las fechas específicas de dichas comunicaciones dado que aumentan el nivel de expectativa, presión sobre los familiares y estrés. La incertidumbre sobre el momento en que va a llegar este resultado, aumenta el sufrimiento de las víctimas. Hay que tener en cuenta que han pasado más de dieciséis meses desde que se enviaron los restos. La comunicación debe acordarse de forma consensuada con los peritos de los representantes de las víctimas, el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF).

La Oficina de Investigación del caso Iguala debe continuar con preparación realizada por el GIEI para la identificación de la ropa y objetos encontrados en los autobuses.

9. Documentos y videos

La PGR deberá requerir la documentación militar relevante, sobre los sucesos de la noche del 26 y 27 de septiembre de 2014, misma que no se ha incorporado a la investigación. También deberá requerir los planes locales de seguridad, reportes, convenios, competencia de las distintas autoridades de seguridad que muestren los procedimientos de actuación. Así como la actuación de las diferentes corporaciones en función de dichos planes de actuación.

La PGR debe recuperar evidencia de videos de C4 y otros que no se encuentran en el expediente, incluyendo el material fotográfico tomado por el militar de inteligencia del escenario del Palacio de Justicia.

10. Investigar posible traslado de estupefacientes

Es necesario darle seguimiento a la asistencia jurídica enviada la tercera semana de marzo de 2016 y a partir de la información que con la misma se obtenga se establezcan las diligencias necesarias para agotar esta línea de investigación. Entre estas, la indagación sobre la existencia de laboratorios clandestinos en la zona, el movimiento del dinero, las rutas utilizadas para el traslado de heroína hacia Estados Unidos, el medio de transporte utilizado. Si los propietarios de los medios de transporte son empresas, indagar sobre los propietarios, accionistas, socios.

11. Plena identificación del quinto autobús y de documentos y declaraciones sobre el caso

Deben realizarse los peritajes que sean necesarios para establecer cuál fue el autobús que efectivamente salió de la Central Camionera la noche del 26 y 27 de septiembre de 2014. Asimismo, deberá investigarse si existen funcionarios responsables, de que los hechos sobre este autobús se omitieran en las distintas consignaciones iniciales.

Por otra parte, las contradicciones entre la declaración del chofer ante la PGR con su propio manuscrito firmado que confirma la versión de los normalistas y las declaraciones de los responsables de la empresa, debe ser investigada en profundidad y así como la plena identificación de su conductor en relación con las imágenes obtenidas en el video.

12. Investigar denuncias por malos tratos o torturas con las debidas garantías

En el primer informe, se hizo del conocimiento de la PGR, que el 80% de los 80 detenidos habían sufrido lesiones que debían ser investigadas. En el segundo informe se presentan 17 casos que revisten serios indicios de torturas. Si bien los jueces han indicado a la PGR la realización de informes basados en el Protocolo de Estambul, estos no pueden diferirse más en el tiempo y tienen que realizarse con la participación de peritos independientes con experiencia en la evaluación de casos de tortura y uso del Protocolo de Estambul.

Por otra parte, y de forma complementaria, el GIEI espera que la investigación de la CNDH sobre las quejas planteadas ante dicha institución se base en los mismos estándares, tal y como ha sido el trabajo realizado por el GIEI con sus equipos.

13. Determinar otras responsabilidades en los hechos y en la investigación

Investigar si la actuación de todos los cuerpos de seguridad que estuvieron presentes en los hechos fue acorde a derecho. Especialmente investigar la posible participación de miembros de la Policía Federal y la Policía Estatal en la escena del Palacio de Justicia, el retén anterior a dicho lugar y la desviación del tráfico vehicular cuando se estaba dando el ataque al bus Estrella de Oro 1531, en el escenario del puente del Palacio de Justicia.

A la luz de los hallazgos incluidos en el informe Ayotzinapa II, investigar si todos los cuerpos de seguridad que estuvieron presentes en diferentes lugares y horas en que se desarrollaron los hechos como Policía Federal, Policía Federal Ministerial, Policía Estatal cumplieron con sus respectivos protocolos de actuación, especialmente, con la obligación de proteger a los ciudadanos. En relación a la Policía Federal y Policía Federal Ministerial indagar si cumplieron con su obligación de investigar a partir de la orden de la PGR de las 22h30 de la noche del 26, y las correspondientes responsabilidades.

14. Llevar a cabo nuevas capturas

Capturar a la mayor brevedad, y que sean dispuestos de manera inmediata a las autoridades judiciales, a los presuntos responsables de mayor nivel como Felipe Flores Velásquez, Secretario de Seguridad Pública de Iguala en el momento de los hechos y Alejandro Tenescalco Mejía, ex miembro de la policía municipal de Iguala.

15. Investigar el patrimonio de presuntos responsables

Investigar el patrimonio de los presuntos responsables del caso, si su origen es lícito o no, si se corresponde con su perfil de ingresos, si existen o ha habido transacciones de bienes entre ellos o con otras personas, así como si han acudido a testaferros u otras maniobras fraudulentas para ocultar sus haberes y propiedades. Los resultados de dichas investigaciones deben ser incorporadas al expediente y a las causas penales abiertas.

16. Investigar la posible obstrucción de la investigación

Investigar a todos los funcionarios públicos que hayan obstruido la investigación del caso de Ayotzinapa. Entre estas cuestiones están la falta de diligencia, negligencia o destrucción de evidencia en diferentes momentos de la investigación, que han sido señalados en los dos informes publicados por el GIEI.

Desde enero de 2016, el GIEI señaló que existieron dificultades y obstrucciones a la investigación, la fragmentación del expediente y el control de numerosas peticiones y procedimientos por parte de la SEIDO, lo que limitó el trabajo del nuevo equipo de investigación. Por otra se necesita investigar, tomando en cuenta la evidencia presentada por el GIEI, la actuación de los funcionarios que aparecen en el video el día 28 de octubre de 2014 en la orilla del Río San Juan realizando inspección del lugar con un inculpado, la recogida de evidencia en el río y el ocultamiento de dichos procedimientos al EAAF.

17. Cambiar la narrativa del caso

La investigación llevada a cabo por el GIEI en sus dos informes Ayotzinapa I y II, ha mostrado numerosos elementos que ponen en cuestión circunstancias dadas por válidas en la llamada “verdad histórica”. En abril de 2016, es momento de que la PGR cambie su versión pública sobre los hechos e incorpore los hallazgos que expliquen tanto: a) las motivaciones de los normalistas, b) el desarrollo de los hechos, y c) la falta de claridad sobre el destino de los normalistas. Es decir, la realidad de por qué fueron los normalistas a Iguala, la no evidencia de que estuvieran infiltrados ni fueran confundidos por las autoridades con el narcotráfico, ni atacaron el acto político que había terminado cuando llegaron y otras circunstancias señaladas como origen del ataque. Incorporar los hallazgos relevantes ya probados sobre las circunstancias de los hechos, los diferentes ataques y las actuaciones de diferentes corporaciones.

Es necesario que se señale que no existe certeza sobre el destino de los normalistas, las evidencias muestran tanto que uno de ellos fue identificado a partir de un resto óseo, pero también de que al menos uno de ellos existe evidencia telefónica que señalaría que se encontraba vivo a la 1:16h de la madrugada. La narrativa señalada hasta ahora como escenario final de los 43 normalistas del basurero de Cocula debe ser puesta en cuestión a partir de los peritajes científicos ya presentados por el GIEI y el EAAF, incluyendo aquellos que señalan que no puede responderse a dicha pregunta y que señalan que se necesitarían hacer nuevos estudios experimentales.

18. Continuar con los procesos de búsqueda y la investigación de nuevas informaciones

Las diligencias de búsqueda no deben interrumpirse puesto que los estudiantes siguen desaparecidos. Mientras no se esclarezcan los hechos completamente y no se ubique el paradero de los normalistas, las búsquedas deben continuar. La desaparición forzada es una violación de derechos humanos de carácter permanente y suponen una herida abierta en los familiares que necesitan respuestas que generen credibilidad y confianza, y no traten de dar respuestas que no se basan en evidencias científicas y una investigación acorde a los estándares internacionales.

19. Mantener los espacios de diálogo y comunicación con los familiares

El GIEI ha contribuido a abrir espacios de diálogo con la PGR y las instituciones, y considera que dichos espacios tienen que responder a las necesidades de las víctimas de tener un seguimiento efectivo de la investigación y conocimiento del caso como parte de su derecho a la justicia. Las reglas de comunicación establecidas en distintos acuerdos deben cumplirse de forma respetuosa y estricta, evitando las formas de comunicación pública sin informar previamente a los familiares y poder responder a sus dudas mediante el diálogo y el respeto a sus derechos. De ello depende que las instituciones recuperen la credibilidad necesaria para generar confianza en las víctimas.

20. Evitar las formas de victimización de las víctimas y promover su seguridad

El caso Ayotzinapa los informes del GIEI han mostrado numerosas formas de nueva victimización de las víctimas en los procesos de investigación, las versiones públicas de los hechos o los intentos de estigmatizar a los familiares.

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