Cuernavaca, Morelos.- Diputados locales dieron a conocer que el juicio político en contra del alcalde de Cuernavaca, Cuauhtémoc Blanco Bravo, que está en manos de la Comisión Instructora que integró el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), podrá continuar, luego de que un Tribunal Colegiado en materia penal y administrativa revocó la suspensión que otorgó un juzgado de distrito a favor del edil.
En rueda de prensa y acompañado de los presidentes de la Mesa Directiva y la Junta Política y de Gobierno, Beatriz Vicera Alatriste y Julio Espín Navarrete, respectivamente, el diputado Francisco Moreno Merino –designado vocero de los procesos instaurados en contra del alcalde de Cuernavaca– explicó que el amparo que promovió Blanco Bravo para evitar ser enjuiciado quedó sin efectos.
Sin embargo, refirió que la suspensión otorgada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a raíz de la controversia constitucional que promovió el presidente municipal de Cuernavaca, continuará hasta que sea resuelta de fondo por el máximo tribunal del país.
Lo anterior significa que aunque la Comisión Instructora que se instauró como jurado y que presiden los magistrados del TSJ continuara con el proceso de juicio político, el edil no podrá ser destituido, si es que éste fuera declarado culpable.
En este sentido, Moreno Merino refirió que el Congreso local ha preparado los alegatos y pruebas correspondientes para defender la determinación que tomó el Pleno legislativo al declarar culpable al alcalde por diversas violaciones a la ley.
Además informó que la Fiscalía General del Estado fue notificada sobre el juicio político en contra del presidente municipal y se encuentra en la etapa de integración para la posible vinculación en materia penal y administrativa.
Cabe recordar que el 15 de diciembre pasado, el Congreso del estado declaró culpable a Cuauhtémoc Blanco Bravo, presuntamente, de haber violado diversas disposiciones legales, al haber acreditado de manera ilegal su residencia en Cuernavaca para contender como presidente municipal, así como por haber recibido donaciones para obra pública, contrario a lo que marcan la Ley Orgánica Municipal y la Ley de Obra Pública.