Política
Lectura 3 - 6 minutos

Jueza rechaza el no ejercicio de la acción penal solicitado por MP en el caso de Erwin “N”

  • Like
  • Comentar

Ordenan a la FGE reabrir la investigación sobre la causa de muerte del joven.

La jueza que conoce del caso de homicidio de Erwin “N”, por el que se acusa de la muerte de éste a cinco policías preventivos del Mando Único, revocó el acuerdo por el cual la agente del Ministerio Público (MP) adscrita a la Fiscalía de Homicidios Zona Regional Metropolitana, Ana Cecilia Salgado Salgado, resolvió no ejercitar acción penal en contra de cinco policías por la muerte de Erwin “N”, ocurrida el 28 de febrero de 2017.

En la audiencia en la que se resolvería la queja interpuesta por la madre de la víctima, que dio inicio a las 10:19 horas en la sala número cuatro de los Juzgados de Juicio Oral del Tribunal Superior de Justicia, la juzgadora llamó la atención a las agentes del Ministerio Público porque no fundaron ni motivaron la solicitud del no ejercicio de la acción penal en los preceptos jurídicos precisos.

Ante los funcionarios de la Fiscalía, “acusados”, defensores, el abogado particular de Delia, la madre de Erwin y un público reducido, la jueza resolvió que procede revocar el no ejercicio de la acción penal, porque el dictamen histopatológico no establece de manera clara y concreta qué generó el infarto agudo al miocardio, además de que la fiscalía no robusteció con otros elementos de prueba los argumentos para resolver que no procedía dicho no ejercicio de la acción penal.

Las agentes de Ministerio Público defendieron su resolución basadas en la conclusión médico legal del examen histopatológico del 25 de abril de 2017, emitido por el doctor Celso Rodríguez Jiménez, en el expediente Semefo 2972/17-04 carpeta de investigación SC01/2064/2017, en el que el médico concluye: “Se determina como causa de muerte Erwin “N”, la de infarto agudo del miocardio”. Y en el análisis, el médico legista expone que “el ahora occiso, sin lugar a dudas, sufrió una muerte súbita, ya que fue una muerte de aparición, repentina e inesperada en una persona aparentemente sana”.

La jueza argumentó que hay un hecho en su conjunto: la muerte de Erwin, que ocurrió en el momento en que el Estado, representado por los policías que son servidores públicos, tenía bajo su custodia a la víctima; y el Ministerio Público no realizó las diligencias necesarias para desvincular el hecho de la muerte del joven cuando lo tenían bajo resguardo los policías.

De acuerdo con la representante del Poder Judicial, queda sin efectos la resolución donde la Fiscalía resolvió que no se ejercita acción penal en contra de los policías, porque no se demostró de manera amplia y sin lugar a dudas que no existe nexo causal entre la muerte de Erwin y la conducta de los policías que lo tuvieron bajo resguardo al momento en que murió.

En consecuencia, la juzgadora ordenó abrir de nueva cuenta las investigaciones para que la Fiscalía se allegue de todas las pruebas necesarias que permitan llegar a la verdad histórica, ya que de lo contrario se podría castigar a inocentes o se podría dejar en libertad a los culpables, en caso de que fuera homicidio.

Como se documentó en el reportaje publicado en La Unión de Morelos el 7 de mayo de este año (Erwin, una vida rota), el día 3 de marzo, la juez del caso ordenó a la Fiscalía General del Estado (FGE) reponer el procedimiento de investigación contra cinco policías preventivos del Mando Único que detuvieron y golpearon a Erwin Altamirano; debido a que el agente del Ministerio Público no pudo acreditar la causa de la muerte de este joven. En esa audiencia, incluso, se dio lectura al resultado de la necropsia, en el que se especificaron 20 lesiones en la víctima, por lo que la juez sugirió a la FGE solicitar el apoyo de un médico legista de la Procuraduría General de la República (PGR) para esclarecer las causas de la muerte de Erwin y dar vista a la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) por actos de tortura. La jueza, textualmente dijo: “Estamos ante un asunto, donde una vez más, lo digo con todas sus letras, la Procuraduría del Estado de Morelos deja de asumir su responsabilidad, y pretende que sea este tribunal a través de esta juzgadora, quienes asuman las consecuencias sociales en relación a la resolución que en este momento se va a dictar. En primer lugar para poder dictar un auto de vinculación a proceso se debe estar al hecho materia de formulación de imputación, tal y como lo establece el artículo 316 del código nacional de procedimiento penales vigente en esta entidad federativa, a esta juzgadora le está vedado cambiar los hechos materia de formulación de imputación, pueda cambiar la calificación jurídica cuantas veces sea necesario, pero el ejercicio de formular imputación es una facultad exclusiva del agente del Ministerio Público, en términos del artículo 21 constitucional. En el presente asunto ni siquiera tengo las bases para entrar al fondo del estudio, toda vez que existe una formulación incongruente, se supone que estoy frente a agentes del ministerio Público, que son peritos en derecho, que son técnicos en derecho, que están obligados a actuar en todo momento con total objetividad, con total lealtad en el proceso, no obstante la formulación de imputación y aquí lo más lastimoso sería pensar que se está frente a una formulación ya no sé si por ignorancia, porque en verdad ya no sé cómo calificarla, o si es adrede esa falta de pericia, en la formulación de imputación… No puedo ser partícipe de lo que pretende la Procuraduría: vincularlos con una formulación de imputación con notorias deficiencias. Ello daría a la postre una libertad lisa y llana”.

En esta ocasión, la jueza también llamó la atención de los funcionarios de la fiscalía y ordenó realizar las diligencias necesarias para llegar a la verdad histórica.

A la salida de la audiencia, el abogado Juan Gabriel Vargas Téllez, en entrevista, no descartó solicitar la intervención de un médico legista independiente para determinar las causas por las cuales Erwin “N” murió el 28 de febrero de 2017.

A unos pasos del edificio donde realizó la audiencia, un grupo de mujeres lloraba y se abrazaba: eran familiares de los acusados, habían estado a la entrada de los juzgados gritando a Delia, la mamá de Erwin, que su hijo no era inocente, sino un drogadicto que se había robado unas pantallas.

 

 

Inicia sesión y comenta

Máximo Cerdio

926 Posts 6,784,273 Views
Enviar mensaje Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Ant. Sedesol: Morelos redujo indicadores en seis carencias sociales monitoreadas por la ENI
Sig. El Partido Verde gana ante la Sala Regional del TEPJF impugnación contra el Impepac

Hay 10506 invitados y ningún miembro en línea

Publish modules to the "offcanvas" position.