Los legisladores Fidel Demédicis Hidalgo del PRD y Andrés González García del PRI, en rueda de prensa, reconocieron ayer que no hay acuerdos para aprobar las reformas, mismas que iban a ser sometidas a la aprobación del pleno en la sesión parlamentaria de hoy.
En la propuesta de reforma que ayer fue desechada, se contemplan los artículos 7, 137 y 174 bis del Código Procesal Penal, en el que los legisladores planteaban aprobar un catálogo con 21 delitos considerados graves para que los jueces puedan decretar prisión preventiva.
Sin embargo, desde la semana pasada, el diputado priista Andrés González García se manifestó en contra de esta reforma bajo el argumento de que se necesita replantear y llevar a cabo una reforma integral para ajustar el marco legal a los juicios orales.
Ayer, los diputados –tras los desacuerdos– se reunieron con abogados litigantes, funcionarios del Poder Judicial y de la Procuraduría General de Justicia del estado para acordar que esta iniciativa no será tomada en cuenta y se iniciará la elaboración de otra más.
Los abogados, por su parte, en otras ocasiones se manifestaron en contra de la iniciativa impulsada por el perredista Fidel Demédicis Hidalgo al advertir que dentro del catálogo de delitos graves no se integraron los cometidos por funcionarios públicos, lo que implicaba que si un servidor público en funciones comete un delito, éste puede obtener la libertad bajo caución, pero además no puede ser sometido a la prisión preventiva.
En la rueda de prensa que ofrecieron, ambos diputados se comprometieron a que iniciarán la reforma integral desde cero y para esto se realizarán diversos foros a los que serán invitadas las asociaciones de abogados, servidores públicos del Poder Judicial, de la Procuraduría General de Justicia del estado, de la Defensoría Pública de Oficio, de la Subsecretaría de Readaptación Social, entre otras dependencias.
El diputado priista dijo que en esta reforma serán tomadas en cuenta las opiniones de los abogados, ya que, dijo, la idea es impulsar una reforma que no permita que los enjuiciados puedan obtener su libertad a través de amparos por las lagunas legales que pudiera presentar la ley.