El Impepac mandó al TJA la lista de todos los inscritos a un cargo público para verificar si hay alguno que tiene prohibido competir.
El Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) deberá informar qué contendientes a ocupar una diputación o formar parte de los cabildos se encuentran inhabilitados para ocupar un cargo público o han sido sancionados por incurrir en faltas administrativas graves.
La semana pasada, la secretaría Ejecutiva del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac) requirió al tribunal administrativo corroborar que efectivamente los candidatos y las candidatas registrados por los partidos políticos estén libres de sanciones para ocupar un cargo de representación popular.
Con el requerimiento, el Impepac envío al TJA la lista de candidatos y candidatas que fueron registrados por los partidos de manera individual, en coaliciones o candidaturas comunes, así como los quienes se registraron por la vía independiente, “para que se haga del conocimiento si las ciudadanos y los ciudadanos referenciados se encuentran comprendidos con una no inhabilitación, y de existir un caso contrario, también proceda a informar; lo anterior, para que se realice las determinaciones conducentes en términos de la normatividad electoral vigente”.
De acuerdo con la Ley General de Responsabilidades, los servidores públicos serán sancionados hasta con la inhabilitación cuando hayan cometido faltas administrativas graves, como actos de corrupción; también serán responsables de contratación indebida los funcionarios que hayan designado a personal que estaba impedido de ejercer la función pública, o contratado a particulares inscritos en el sistema nacional de servidores públicos y particulares sancionados.
Además, la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Morelos y la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción delegaron en el TJA la facultad de establecer sanciones a los servidores públicos locales que cometan faltas graves y crear registro para la Expedición de Constancias de Sanciones o de Inhabilitación en materia de Responsabilidades Administrativas Graves, para regular la expedición de constancias sobre existencia o inexistencia de sanciones impuestas a servidores públicos.
Y es que, de acuerdo con la normatividad en materia de combate a la corrupción, todos los servidores o ex servidores públicos que hayan sido inhabilitados no podrán ocupar cargos en la administración pública municipal, estatal o federal por el plazo que la autoridad, en este caso el TJA, haya decretado.
Por tal razón, el TJA deberá informar a la autoridad electoral si algún candidato o candidata ha sido inhabilitado para ejercer la función pública, incluso si han recibido amonestaciones o multas, y si las sanciones económicas fueron pagadas o no.