Dijo que ya existe una iniciativa de ley en el Congreso, que lo único que requiere es la voluntad de los legisladores para analizarla y aprobarla para que Morelos deje de ser la única entidad rezagada en este tema.
Desde 2002 fue aprobada la reforma constitucional federal en la materia y el 20 de julio del 2005 fue publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” el decreto 725 que dio vigencia a la adición a la Constitución del Estado Libre y Soberano de Morelos para incluir la responsabilidad patrimonial del Estado en el artículo 133 Ter.
Según el artículo cuarto transitorio de dicho decreto, los diputados fijaron un plazo máximo de 90 días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de la reforma constitucional para expedir la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado.
Incluso, en el decreto los legisladores establecieron desde entonces la obligación del estado y los municipios de incluir en sus respectivos presupuestos de egresos una partida para atender esta responsabilidad.
A pesar de que en la Constitución federal y estatal se contempla la responsabilidad patrimonial del estado directa y objetiva, este precepto legal no puede ser aplicado en beneficio de la población porque es considerado como “norma programática”, es decir, que para su ejecución requiere de la forzosa intervención del legislador para que regule el procedimiento para imponerla.
Bajo este contexto, el abogado penalista consideró que una vez presentada la iniciativa, está en manos de los diputados mostrar voluntad y prioridad para que Morelos cuente ya con esta legislación.