Juzgado de Distrito apercibe a la autoridad municipal a cumplir la sentencia so pena de sanciones.
Un juez de distrito ordenó al Ayuntamiento de Cuernavaca instalar de inmediato la Comisión Permanente Dictaminadora de Pensiones municipal y apercibió que, en caso contrario, se multará e iniciará un incidente de inejecución de una sentencia.
Conforme al acuerdo publicado en estrados dentro del expediente 873/2019, el Juzgado Octavo de Distrito desestimó el argumento de la autoridad municipal, que alegó en su defensa estar imposibilitada para cumplir con la ejecutoria de amparo a favor de un empleado que reclamó su jubilación, porque “a la fecha no existe una autoridad o instancia municipal que cumpla con atribuciones y/o facultades para determinar la procedencia o no de lo solicitado por el quejoso”, ya que todavía la comisión está en vías de integración ante el reciente cambio de administración.
Al iniciar el tercer mes de gestión del actual ayuntamiento, el juzgado federal ordenó al alcalde de Cuernavaca, José Luis Urióstegui Salgado, y a los integrantes del Cabildo que, en el término de cinco días (contados a partir de la notificación), integren la Comisión Permanente Dictaminadora de Pensiones del Ayuntamiento de Cuernavaca, Morelos y advirtió a los “integrantes del Ayuntamiento que, en caso de no hacerlo así, se les impondrá, a cada uno, como medida de apremio, una multa por el equivalente a cien Unidades de Medida y Actualización.
“Apercibimiento a las autoridades responsables. Lo anterior, con independencia que en su caso, se ordene la apertura del incidente de inejecución de sentencia respectivo, por lo que, los autos originales del asunto en que se actúa, serán remitidos al Tribunal Colegiado del Decimoctavo Circuito competente para su substanciación, y éste a su vez, los envíe a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para los efectos de la fracción XVI del artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, esto es, separación de su cargo y su consignación penal ante el Juez de Distrito que corresponda”.
Incluso, el juzgado de distrito recordó al Ayuntamiento de Cuernavaca, integrado por un vasto número de abogados, que conforme a lo estipulado por el artículo 267, fracción I, de la Ley de la Materia en vigor, se impondrá una pena de cinco a diez años de prisión, multa de cien a mil días y, en caso destitución e inhabilitación de cinco a diez años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos en caso de no dar cumplimiento a la sentencia de amparo.
De acuerdo con litigantes que representan a trabajadores de la comuna capitalina, existe un número importante de solicitudes de pensión que fueron rezagadas porque la administración saliente dio prioridad a los familiares de funcionarios o diputados.
Como ejemplo, recordaron que la Comisión Permanente Dictaminadora de Pensiones, integrada por regidores de la administración pasada, aprobó por encima de las solicitudes de trabajadores de mayor antigüedad, las pensiones de Luciano Flores Vergara, padre de la ex diputada de Morena, Alejandra Flores, y la del ahora regidor de Cuernavaca, Debendrenath Salazar Solorio, hermano del ex alcalde de Jiutepec y actual subsecretario de Gobernación federal, Rabindranath Salazar Solorio.
Tras la orden del juez federal, esperan que el ayuntamiento cumpla sin dilación con el mandato judicial e integre de inmediato la comisión, para que los trabajadores puedan acceder a su jubilación, tras cumplir sus años de servicio en la administración pública municipal.