Deberán comprobar “no haber sido condenado en sentencia firme por delito grave intencional”.
Los aspirantes a jueces especializados en justicia para adolescentes deberán comprobar “no haber sido condenado en sentencia firme por delito grave intencional” como requisito indispensable para ocupar el cargo.
Luego de analizar la acción de inconstitucionalidad 87/2021, promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el Pleno desestimó la propuesta de invalidar el requisito previsto en el artículo 20 de la Ley Orgánica del Tribunal Unitario de Justicia Penal para Adolescentes del Estado de Morelos, en virtud de que la votación quedó empatada y no alcanzó los votos para declarar su invalidez.
En consecuencia, prevalecerá el requisito de comprobar “no haber sido condenado en sentencia firme por delito grave intencional” para aspirar a juez del TUJA.
Por otra parte, el Pleno de tribunal constitucional invalidó el requisito de ser mexicano “por nacimiento” y no haber sido “sujetos de responsabilidad administrativa” para acceder al cargo de juez especializado. Respecto al primer requisito, el SCJN estableció que el legislador local no es competente y, en el segundo, porque resulta sobreinclusivo.