Sala Superior pide a órganos electorales divulgar entre comunidades indígenas acciones afirmativas y de autoadscripción calificada.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TPJF) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) y dio vista a los 32 Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE´s), para que diseñen procesos de difusión entre las comunidades indígenas y los partidos políticos respecto de las acciones afirmativas en materia indígena y la importancia de las Asambleas Generales en el otorgamiento de la constancia de la autoadscripción calificada.
Al resolver el juicio de la ciudadanía SUP-JDC-56/2023, promovido por Saúl Atanacio Roque Morales y otros representantes indígenas de Morelos en contra de los lineamientos para verificar el cumplimiento de la autoadscripción calificada de las personas que se postulen en observancia a la acción afirmativa indígena para las candidaturas a cargos federales de elección popular emitidos por el Consejo General del INE, consideró infundados e inoperantes los agravios planteados, porque los lineamientos definen a las comunidades indígenas reiterando el contenido del artículo segundo constitucional.
Señaló que, contrario a lo señalado por los quejosos, no se diluye el papel de la Asamblea General Comunitaria en la definición de la autoadscripción calificada, porque la previsión de que distintas autoridades puedan emitir las constancias de autoadscripción no se traduce en un menú de posibilidades, sino una lista que debe agotarse, empezando por la Asamblea General y, de ser el caso, deberá justificarse por qué la constancia de adscripción indígena se obtuvo de una autoridad determinada y no de las señaladas en el orden de prelación.
Además, recalcó, con esa interpretación se atiende a la posible situación de migración o desplazamiento de una persona indígena.
Sin embargo, ante las peticiones formuladas por los representantes indígenas morelenses, la Sala Superior modificó los lineamientos controvertidos para efecto de que el INE realice procesos de difusión entre las comunidades indígenas y los partidos políticos respecto de las acciones afirmativas en materia indígena y la importancia de las asambleas generales comunitarias en la determinación de la autoadscripción calificada.
También dio vista al Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciiudadana (Impepac) y al resto de los OPLE´s, para que desarrollen metodologías similares.