Dagoberto Santos Trigo, vocal de este consejo en el estado, recordó que la figura del funcionario de casilla “es un elemento importante para el ejercicio de la democracia en el país, puesto que vigila que la instalación de la casilla, la votación, el conteo de los sufragios y el llenado de las actas de escrutinio y cómputo se lleven a cabo de manera transparente y objetiva”.
En este sentido, señaló que algunos partidos intentan reclutarlos como sus representantes, lo cual puede interrumpir el ritmo de esta actividad, y recordó que recién, en el acuerdo CG247/2012 del Consejo General, se aprobaron criterios adicionales sobre el registro de representantes de los partidos en las casillas, donde destaca que los vocales ejecutivos y secretarios de las Juntas Ejecutivas Locales y Distritales del instituto, verificarán, a través de los sistemas informáticos desarrollados por la Unidad de Servicios de Informática, que los ciudadanos, cuya acreditación se solicite, no hayan sido designados funcionarios de mesa directiva de casilla para este proceso electoral.
Sin embargo, Santos Trigo apuntó, que si algunos partidos continuaran con sus pretensiones de registrar (como su representante) a un ciudadano que haya sido seleccionado como funcionario de casilla, los vocales ejecutivos y secretarios de las Juntas Locales y Distritales darán aviso y propondrán a los Consejos Locales y Distritales, que se niegue dicha acreditación.