El pleno del Congreso local hizo adecuaciones al artículo 93 Bis-6 de la ley antes referida, en las que se establece la temporalidad para el cobro anticipado del impuesto predial y prohíbe a los ayuntamientos gastar en este año los recursos que se cobran por concepto del ejercicio 2013.
El dictamen establece también que las autoridades municipales depositen en una sola cuenta los recursos obtenidos por el cobro de dicho impuesto y ésta sea paralizada para ser abierta hasta enero del próximo año, cuando tomen cargo los servidores públicos electos.
Con lo anterior, según los diputados locales, se pretende “evitar la incertidumbre en que se coloca al contribuyente al cobrar por anticipado el impuesto predial, cuando no se ha aprobado la Ley de Ingresos Municipal”.
En el mismo artículo reformado de la Ley General de Hacienda del Estado de Morelos se establece que la Auditoría Superior de Fiscalización será la encargada de vigilar que los ayuntamientos cumplan con la legislación, de lo contrario se sancionará a las autoridades responsables.
Dicha reforma fue enviada para su publicación en lo inmediato al Ejecutivo del Estado, a fin de que las autoridades eviten hacer mal uso de los recursos que ya no corresponden a las actuales administraciones municipales.
De igual forma, se aprobó un exhorto a las autoridades del municipio para que eviten ejercer recursos del cobro de otros impuestos que se hagan en lo que falta del presente año.