Lo anterior enojó al juez de la causa, quien indicó que sí bien lo fiscales deben contar con derechos laborales como el periodo de vacaciones, también es cierto que tiene que haber coordinación entre las autoridades, ya que lo anterior retrasó la libertad de un imputado, que pudo gozar de ese beneficio desde ayer, pero que tendrá que esperar debido la falta de entendimiento entre las autoridades.
El juez del Primer Distrito Judicial, Eddi Sandoval Lomé, que entre sus facultades tiene velar porque el proceso judicial se lleve conforme a derechos, sin vulnerar ninguna garantía individual (“y la libertad es un derecho muy preciado”) le indicó al empleado de la Fiscalía General que culpó a su compañero en vacaciones de no haberle informado de la salida alterna que está solicitando el imputado a través de su defensor.
“Considero que esta situación repercute en un retraso en la impartición de justicia y violenta los derechos de toda persona imputada, mismos que están contemplados Artículo 20 de la Constitución General de la República”, agregó.
El artículo al que hizo mención el juez Penal se refiere al sistema acusatorio adversarial, pero ahí se establece que entre las características de este nuevo sistema se encuentra la inmediatez, principio que se rompe al alargar las audiencias.
La libertad condicional es un mecanismo que establece también el nuevo sistema penal, y que consiste en permitir que el imputado enfrente el juicio en libertad bajo ciertas condiciones, como puede ser el pago de una fianza.
De acuerdo a la causa penal JC/68872014, en contra de Jorge Antonio “N”, el detenido pidió un mecanismo de aceleración de su proceso ya que hace 15 días un juez de Control lo vinculó y le dictó prisión preventiva como medida cautelar.
El imputado se comprometió a reparar el daño ocasionado a la víctima, que asciende a mil 200 pesos.
Además, el indiciado cumplía con los requisitos indispensables para establecer un mecanismo acelerado en la impartición de la justicia, entre ellas no contar con antecedentes penales y ser clasificado como “primo delincuente” (que delinque por primera vez).
Sin embargo a la audiencia acudió una fiscal que no contaba con los detalles del antecedente, debido a que a la titular le correspondía por derecho su periodo de vacaciones.
Al iniciar la audiencia, el suplente refirió que no contaba con la anuencia por escrito de la víctima para reparar el daño, lo que no permitió continuar el procedimiento, razón por la cual las partes fueron citadas para este lunes a las 12 horas.