De acuerdo con el proyecto aprobado por El Consejo Universitario, el Comité de Comunicación Institucional de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos estará conformado por el rector de la UAEM, quien lo presidirá; el secretario de Extensión de la Rectoría, quien fungirá como secretario ejecutivo; el secretario ejecutivo del Colegio de Directores de la UAEM.
El secretario general de la rectoría tendrá carácter de director del Órgano Informativo Universitario “Adolfo Menéndez Samará”; otros integrantes del comité son el director de prensa y el de radio de la institución y los demás titulares de las direcciones de los medios que se lleguen a constituir.
El proyecto aprobado señala que los miembros del Comité de Información Institucional mencionado podrán nombrar por escrito a su respectivo suplente. A invitación del presidente del Comité de Información Institucional, podrán integrarse autoridades y otros miembros de la comunidad universitaria, quienes tendrán derecho a voz, pero no a voto en las respectivas sesiones que participen.
El Comité de Comunicación Institucional tendrá como atribuciones: planear, organizar, ejecutar y evaluar los planes y programas de comunicación institucional; analizar los asuntos que les formulen las unidades académicas y las dependencias administrativas de la UAEM. Implementar todas las acciones para el cumplimiento pleno de los principios y compromisos de comunicación institucional contemplados en el Estatuto Universitario y las demás acordes a su naturaleza y las que le sean conferidas por la Legislación Universitaria.
El presidente del Comité de Comunicación Institucional, es decir el rector de la UAEM tendrá como facultades y responsabilidades coordinar y dirigir todas las sesiones del Comité de Comunicación Institucional; autorizar las órdenes del día de las sesiones del Comité de Comunicación Institucional. Convocar a sesiones extraordinarias del Comité de Comunicación Institucional; y ejercer su voto de calidad, en caso de empate en las votaciones en el seno del comité.
Por su parte el secretario ejecutivo del Comité de Comunicación Institucional tendrá como facultades y responsabilidades: Suscribir las convocatorias que contengan las órdenes del día de las sesiones del comité incluyendo los documentos necesarios para someterla a la correspondiente autorización del presidente; remitir a cada integrante del comité las convocatorias y anexos conducentes de las sesiones a celebrarse. Registrar y dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos del Comité de Comunicación I; Presentar a la consideración del comité, en el mes de enero de cada año, el calendario anual de sus sesiones ordinarias, y Designar un enlace operativo que le coadyuve en el ejercicio de las facultades y atribuciones del encargo.
Las sesiones ordinarias del Comité de Comunicación se deberán realizar mensualmente, salvo que no existan asuntos a tratar. El quórum mínimo para sesionar será de la mitad más uno de sus integrantes. Las sesiones extraordinarias se llevarán a cabo cuando así lo determine su presidente, quien deberá convocar con al menos un día hábil de anticipación.