La solicitud tuvo su origen en el inicio de la queja 037/2014-VRSP a petición de una madre familia por la negación de acceso a la atención médica para uno de sus menores hijos.
De acuerdo con el expediente, la mujer acudió a la clínica de salud de Chimalacatlán en el municipio de Tlaquiltenango para que se le brindara la atención médica al menor que se encontraba en estado crítico, sin embargo, la médico responsable del lugar se negó a atenderlo y el niño fue trasladado por su madre al Hospital del Niño Morelense, lugar donde fue sometido a una intervención quirúrgica a la que no logró sobrevivir.
“Por lo anterior y en base a la integración del expediente 037/2014-VRSP iniciado en la Visitaduría Regional Sur-poniente de este organismo defensor de los Derechos Humanos, se emite solicitud a la Dirección de Servicios de Salud Morelos a fin de brindar la atención médica a toda persona que así lo solicita, estableciendo criterios de atención en base a la urgencia que presenten.
“Lo anterior con el objetivo de transversalizar el derecho social que privilegia a grupos de población desprotegidos como lo son la niñez y/o en condiciones de pobreza, como es el caso, de acceso a la salud. Derecho dictado en el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el cual se establece que la atención médica debe ser disponible, accesible, aceptable y de calidad”.
De igual forma, el organismo detalló que el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales establece en su artículo 12 el derecho de los menores sobre la creación de condiciones que le aseguren asistencia médica y servicios médicos en caso de enfermedad. Instrumento internacional al que está suscrito el Estado mexicano.