El decreto aprobado el pasado miércoles en sesión ordinaria por los diputados locales señala claramente la obligación de los gobiernos municipales y del estatal, de implementar acciones y políticas públicas encaminadas a inhibir el consumo del alcohol y los accidentes automovilísticos en el estado.
Para tal fin, los diputados locales señalaron en los artículos transitorios de dicho decreto, un plazo de 120 días hábiles para que los ayuntamientos aprueben las modificaciones a los reglamentos de tránsito y las normas que crean convenientes para la implementación del programa “Alcoholímetro”.
Dentro de los reglamentos se tendrán que adecuar las reformas aprobadas a diversos ordenamientos hechos por los diputados locales, como son la Ley para la Prevención y Combate al abuso de Bebidas Alcohólicas y de regulación de su venta; el Sistema de Seguridad Pública; la Ley de Salud; de Cultura Cívica; de Educación; de Tránsito; al Código Penal, así como a las leyes orgánicas municipales y a la del estado de Morelos.
Los ayuntamientos tendrán que adecuar sus reglamentos de tránsito, de tal forma que se establezcan las sanciones por conducir bajo la influencia del alcohol.
En este sentido, el Congreso del estado estableció las siguientes sanciones:
sanciones económicas de hasta 13 mil 200 pesos, así como el arresto corporal hasta por 36 horas a quienes conduzcan vehículos bajo la influencia de bebidas embriagantes; por conducir un vehículo en vía pública con parámetros de 0.25 a 0.40 miligramos de alcohol por litro de aire aspirado, o bajo el influjo de narcóticos, van desde los 150 hasta los 200 días de multa de salario mínimo vigente; de 12 a 24 horas de arresto administrativo a quien conduzca con parámetros de 0.41 a 0.65 mg de alcohol por litro de aire aspirado; penas corporales más severas, como el arresto de 24 a 36 horas, para aquellos que excedan los 0.65 mg de alcohol.
Además, el Congreso del estado adecuó la Ley de Seguridad del Estado, de tal forma que se establezca claramente la facultad que tendrán tanto autoridades municipales como estatales de seguridad pública para detener y remitir al juez cívico a las personas que se les encuentre bajo los influjos del alcohol.
Asimismo, en el Código Penal del Estado se establecieron sanciones para quienes vendan alcohol a menores, y a quienes permitan la entrada de los jóvenes a establecimientos donde se expidan bebidas embriagantes.
Se trata de cinco a 10 años de prisión y de 300 a 500 días de multa.
Alcaldes, sin recursos para aplicación del alcoholímetro
Ediles de la zona metropolitana del estado se pronunciaron a favor del programa “Alcoholímetro” y su implementación en los 33 municipios.
Sin embargo, en el caso de los presidentes de Cuernavaca y Xochitepec, reconocieron que no cuentan con recursos para su aplicación inmediata.
En el caso del alcalde de la capital del estado, Jorge Morales Barud, se dijo confiado en que desde la Federación y el estado se pudiera impulsar apoyo económico para dicho programa en favor de los municipios; de lo contrario, refirió que Cuernavaca no podría comprar el equipo e instalar la infraestructura necesaria.
Por su parte, Rodolfo Tapia, presidente de Xochitepec, dijo que empezarán a hacer los cálculos para la compra del equipo necesario.
Asimismo, los ediles de Temixco y Emiliano Zapata dijeron que tienen ya un gran avance en el tema, pues ya aplican el alcoholímetro y ahora lo harán con el apoyo del Mando Único.
Los ayuntamientos serán los encargados de comprar todo el equipo necesario para la medición del consumo del alcohol en menores, así como la instalación de los separos donde se trasladarán a las personas detenidas y donde se encontrará el juez cívico.